El Tribunal Supremo de Puerto Rico (TSPR) certificó los casos por la elección Guánica para que se atiendan de forma conjunta.
Las partes tendrán hasta el viernes, 8 de enero a las 9:00 a.m. para exponer su posición.
El juez asociado Rafael Martínez Torres sostuvo en la certificación que no hubiese atendido de esta forma el pleito.
“Las controversias ante nos tratan de cómo se adjudicarán los votos de la elección. Por lo tanto, el candidato afectado deberá cumplir con el Art. 10.15 del Código Electoral de 2020 que dispone que la acción de impugnación de la elección de un candidato nace una vez concluido el escrutinio y una vez la Comisión emita la certificación de elección del candidato que prevalece en la contienda. El candidato afectado deberá esperar a que la Comisión Estatal de Elecciones emita la certificación final del candidato ganador según dispone el Art. 10.11 del Código Electoral 2020. Es después de esa certificación que el candidato afectado podrá presentar un escrito de impugnación de elección según lo dispuesto en el Art. 10.15 del Código Electoral 2020. Por lo tanto, cualquier expresión nuestra sobre estas controversias sería a destiempo”, señaló el juez.