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Proponen compensación contra despidos injustificados en empleos temporeros

La senadora Joanne Rodríguez Veve presentó el Proyecto del Senado 186 para crear la Ley de remedio exclusivo por despido sin justa causa de empleados temporeros o contratados a término fijo.

La medida, específicamente, enmienda la Ley 80 de 1976, sobre despido injustificado.

¿Qué establece?

«En cuanto a los empleados que estén prestando servicios a un patrono bajo un acuerdo de empleo temporero o a término fijo, estos no podrán ser despedidos sin justa causa antes del cumplimiento del término del contrato», lee la enmienda.

El proyecto senatorial establece que las personas empleadas que están sujetos a este tipo de contrato —y que fueran despedidas sin justa causa quedando tres meses o más antes del cumplimiento del término— tendrán derecho a recibir una indemnización exclusiva equivalente a tres meses de sueldo.

Cuando las personas empleadas sean despedidas sin justa causa, y el periodo restante, antes del cumplimiento del término del contrato, sea menor de tres meses, solamente tendrán derecho a recibir una indemnización correspondiente al sueldo que hubiesen recibido durante el periodo remanente del mismo.

¿Cuál es el estatus de la medida?

La medida se encuentra ante la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Laborales del Senado de Puerto Rico.

La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Laborales es la senadora Ana Irma Rivera Lassén.

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