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En el Senado de Puerto Rico se radicó un proyecto de ley que busca atemperar las disposiciones de la Regla 172 y la Regla 177 de Procedimiento Criminal, conforme a lo dispuesto en el Artículo 57 del Código Penal.
Con el nuevo lenguaje que propone el Proyecto del Senado 905, el acusado que no pague una multa impuesta por el Tribunal al dictar sentencia permanecerá en reclusión un día por cada $50 dólares del monto de la multa hasta un máximo de 90 días. Si la persona confinada desea pagar la multa una vez que haya comenzado a cumplir la sentencia subsidiaria por no pagar la multa, se le abonará $50 dólares por cada día de reclusión cumplido.
Según la exposición de motivos, la multa es una pena disponible en nuestro sistema legal que le impone al condenado la obligación de pagar una suma de dinero como retribución por haber contravenido las reglas de conducta impuestas para lograr una convivencia armoniosa. Esta pena tiene como finalidad lograr que el individuo encontrado culpable internalice las pautas de comportamiento exigidas por la sociedad.
En los casos en que las personas no satisfacen las multas o días de servicio comunitario impuestos por el Tribunal, se podría aplicar el Artículo 57 del Código Penal de Puerto Rico. Esta disposición que está vigente provee para que la multa no pagada pueda convertirse en días de prisión, a razón de un día por cada $50 dólares.
Esto contrasta con el texto actual de las Reglas 172 y 177 de las de Procedimiento Criminal, refiere la medida, que disponen que un día de prisión equivale a $1 dólar.
Expone la medida que estas diferencias sustantivas entre el Artículo 57 del Código Penal y las Reglas 172 y 177 de las de Procedimiento Criminal laceran el Principio de Favorabilidad que enmarca nuestro Estado de Derecho Penal, toda vez que el Estado cuantifica monetariamente los días de prisión de forma adversa al penado.
Figuran como autores de la medida el senador del Partido Nuevo Progresista (PNP), Carmelo Ríos Santiago y el senador del Partido Popular Democrático (PPD), Albert Torres Berríos. Fue referida a la Comisión de lo Jurídico.