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Poder Judicial busca desestimar demanda de Colegio de Abogados y Abogadas por reglamento de oficio

La alegación de que la controversia no está madura surge también porque ninguno de los demandantes ha sido nombrado abogado de oficio bajo la regulación, y mucho menos que no se les haya compensado, alega la moción.

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Por Daniel Rivera Vargas

El Poder Judicial solicitó la desestimación de la demanda federal presentada por el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico por el reglamento de abogados de oficio, en el que se pide un interdicto y sentencia declaratoria por alegada violación de derechos civiles de la clase togada.

Lee la demanda aquí 

Mediante un recurso ante la jueza Camille Vélez-Rivé, del Tribunal de Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico, el Poder Judicial, representados por abogados del bufete McConnell-Valdés, argumentaron que los demandados, que incluyen a varios abogados como los expresidentes del Colegio Edgardo Román Espada, Alejandro Torres y Daisy Calcaño, carecen de legitimación activa para presentar la demanda y sus alegatos no están maduros para adjudicación o, en la alternativa, fallan en presentar una alegación para la que corte federal pueda proveer un remedio.

La demanda plantea, según la moción, que el reglamento aprobado por el Poder Judicial obliga proveer 30 horas de servicio legal gratuito anualmente, y que esto es una violación a los derechos civiles constitucionales al privarlos de libertad y de su interés propietario sin el debido proceso de ley, violando la igual protección de las leyes y sin pagar una justa compensación.

Para el Poder Judicial, el reglamento lo que hace es, bajo ciertas condiciones, establecer que un abogado puede ser asignado de oficio para ofrecer servicios legales y, en esos casos, puede ser compensado luego de completar 30 horas de trabajo legal gratuito, pero, según los demandados, para esto se deben dar numerosas precondiciones.

«Esta corte debe desestimar esta demanda como asunto de Ley», plantea el recurso de 26 páginas.

Pero, en opinión del recurso del Poder Judicial, la demanda lo que plantea es un intento del Colegio de usar el sistema de judicial federal para impedir que la Rama Judicial de Puerto Rico ejercite su facultad única de regular la abogacía y alegan que se trata de una «extraordinaria interferencia en la administración de la justicia» basada en premisas legalmente equivocadas.

De lo que se trata el reglamento, según la moción, en un intento de cumplir con el deber de proveer asistencia pro-bono en casos legales. Asegura que el mismo se aprobó en 2018 cuando el Poder Judicial adoptó un reglamento de abogados de oficio, y que este ha sido enmendado en cuatro ocasiones. El mismo incluye compensación a los abogados, algo que ya se hace en casos penales con fondos que nunca se han usado en su totalidad y «se pagan todas las solicitudes».

Según la moción, el Colegio carece de legitimación activa porque representa a un grupo de abogados y abogadas que en realidad no han sufrido lesión por el reglamento establecido. «A esta fecha ninguno de los demandantes alega que ha sido nombrado de oficio bajo el reglamento», se alega.

«Considerando que la alegada lesión está sujeta a eventos que pueden o no pueden ocurrir, no puede haber un peligro inminente para los demandados por la implementación de la regulación», se alega.

La alegación de que la controversia no está madura surge también porque ninguno de los demandantes ha sido nombrado abogado de oficio bajo la regulación, y mucho menos que no se les haya compensado, alega la moción.

Tampoco, alegan, procede la alegación de privación de libertad y propiedad porque la realidad es que, independientemente del Reglamento, hace medio siglo existe la obligación en los Cánones de Ética de proveer asistencia legal gratuita en casos de indigentes, y no se está quitando el título de abogado a alguien con este reglamento.

Tampoco, alegan, procede la alegación de vaguedad del reglamento porque los demandantes no han alegado suficientes hechos para sustentar su reclamo y por el lenguaje del propio reglamento.

La representación legal del Colegio, el licenciado Guillermo Ramos Luiña, solicitó una extensión de tiempo para responder a las alegaciones del Poder Judicial y la jueza le concedió hasta el próximo 14 de febrero.

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