Nota de la editora: ¿quieres recibir estas reseñas de casos del Tribunal Supremo de Puerto Rico en tu correo-e? Te invitamos a registrarte en nuestro boletín.
El Tribunal Supremo de Puerto Rico suspendió por seis meses del ejercicio de la abogacía y la notaría a un abogado que utilizó en sus escritos apelativos «un lenguaje indecoroso y ofensivo a la dignidad y respeto que debe permear hacia los tribunales», en violación al Canon 9 del Código de Ética Profesional.
Los hechos
El licenciado representó a su clienta en un caso penal en el que fue condenada a reclusión. El abogado presentó un recurso de apelación que fue desestimado por el Tribunal de Apelaciones. Alegó que la carga de la prueba no se había cumplido adecuadamente y que el tribunal había dependido de testimonios falsos para emitir su fallo.
Posteriormente, presentó una moción de reconsideración, en la que alegó que el foro apelativo había emitido una sentencia errónea, injusta, parcializada y deshonesta intelectualmente.
El abogado acusó al Tribunal de Apelaciones de validar una acusación frívola presentada por el Ministerio Público y el fallo deshonesto emitido por el Juez Superior del Tribunal de Primera Instancia. Además, pidió la inhibición del panel de jueces que emitió la sentencia.
El Panel I del Tribunal de Apelaciones denegó la solicitud de inhibición y posteriormente el Panel V emitió una Resolución negando la solicitud de reconsideración presentada por el abogado.
Inconforme, el abogado presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal Supremo, en el que hizo varios señalamientos de «corrupción judicial», «perjucio y parcialidad» y acusó al Tribunal de Apelaciones de mentir en su sentencia.
El recurso fue denegado por el Supremo. En respuesta, el abogado presentó una moción de reconsideración en la que argumentó que la situación era urgente y requería la atención inmediata del Supremo para abordar la corrupción y el favoritismo que supuestamente imperan en el sistema de justicia criminal en Puerto Rico. En particular, el abogado señaló la conducta corrupta y deshonrosa de jueces, fiscales y otros miembros del Departamento de Justicia.
Después de que se negara la solicitud de reconsideración, el Supremo le dió al abogado un plazo de 10 días para mostrar causa por qué no debía ser sancionado, incluyendo la separación del ejercicio de la profesión legal, por el lenguaje indecoroso y ofensivo utilizado en sus escritos al Tribunal.
El licenciado compareció y cuestionó la capacidad del Supremo para iniciar un proceso disciplinario en su contra. Además, argumentó que el lenguaje empleado en los documentos judiciales solamente pretendía evidenciar el presunto proceso judicial corrupto y fraudulento en contra de su representada. También solicitó al Tribunal que desista del proceso disciplinario en su contra y que se inicie una investigación en contra de dos jueces por presuntos actos de corrupción judicial.
¿Qué decidió el Supremo?
El Tribunal Supremo decidió que el licenciado infringió el Canon 9 del Código de Ética Profesional al realizar imputaciones sin fundamento en contra de varios miembros de la judicatura y del personal del Poder Judicial mediante el uso de lenguaje impropio, indecoroso y ofensivo. Como consecuencia, se le suspendió inmediatamente del ejercicio de la abogacía y la notaría por un término de seis meses.
«Recordemos que «[l]a búsqueda de la justicia no justifica medios reprobables». In re Pagán, supra, pág. 112. Hay espacio para diferir, pero con respeto. Ello, aquí, no ocurrió así».
Canon 9
El Canon 9 de Ética Profesional ordena a los abogados y abogadas dirigirse al tribunal de manera respetuosa y decorosa tanto en sala como en los escritos judiciales. Es inapropiado y falta de respeto recurrir al uso impropio, irrespetuoso y ofensivo del lenguaje en lugar de emplear argumentos persuasivos. Asimismo, no se cumple con la obligación de mantener y promover la imagen de la justicia al hacer serias imputaciones sobre el proceder de un juez sin evidencia contundente e indubitada.
El Supremo ha establecido que los abogados no deben mentir o ser injustos en sus críticas, ya que esto puede obstaculizar la imparcialidad y la justicia en el sistema legal. Si un abogado está en desacuerdo con una decisión judicial, debe recurrir a las herramientas legales disponibles para buscar una revisión en una corte de mayor jerarquía. Es inapropiado utilizar un lenguaje que cuestione la honestidad y ecuanimidad de un juez o jueza.
El Código de Ética Profesional establece que los abogados pueden ser sancionados disciplinariamente si hacen imputaciones sin evidencia competente para degradar la dignidad, honorabilidad e integridad de los tribunales y sus funcionarios, o si presentan mociones y escritos con acusaciones infundadas y lenguaje ofensivo contra jueces o funcionarios del Poder Judicial, lo cual es considerado una conducta lesiva a la dignidad del tribunal.