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Propuestas legislativas buscan proteger a menores en Internet

Te resumimos los proyectos presentados en este cuatrienio sobre privacidad y seguridad de menores en el ciberespacio.

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La protección de los menores en el uso de Internet se ha convertido en una preocupación creciente, y varios proyectos de ley han sido radicados en la Legislatura para abordar esta problemática.

A continuación, resumimos cinco proyectos presentados en el cuatrienio actual:

Proyecto de Cámara 262 – Aprobado en la Cámara. Referido a Comisión en el Senado.

Propone la creación de la «Ley para la Protección de la Privacidad Cibernética de Nuestros Niños y Jóvenes», que busca prohibir la publicación y divulgación de información personal de usuarios menores de edad en páginas de internet clasificadas como redes sociales, sin el consentimiento expreso de los menores y de sus padres, madres o tutores legales.

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La ley también requeriría que las redes sociales establezcan opciones de privacidad claras y comprensibles para los usuarios menores de edad residentes en Puerto Rico, y establece penas civiles para aquellos que incumplan con estas disposiciones.

Proyecto de Cámara 492 – Referido a Comisión en la Cámara.

Propone enmendar la Ley de Reforma Educativa para que el Departamento de Educación de desarrollar e implantar, en colaboración con el Departamento de Justicia y el Negociado de la Policía, campañas educativas anuales en escuelas sobre el uso seguro de Internet y los medios electrónicos, así como los delitos cibernéticos.

Proyecto de Cámara 218 – Referido a Comisión en la Cámara.

Propone enmendar el Código Penal para establecer el deber legal de los programadores o técnicos de sistemas computadorizados de reportar al Negociado de la Policía cualquier material pornográfico infantil hallado en las computadoras en las que realicen labores, así como el deber legal de informar del público en general.

Específicamente, la medida establece que los programadores o técnicos de sistemas computarizados tienen el deber legal de informar inmediatamente al Negociado de la Policíasi encuentran material pornográfico infantil en las computadoras en las que estén trabajando como parte de sus funciones ordinarias. No reportar dicho hallazgo puede conllevar una multa de hasta $5,000 o una pena de reclusión de hasta 90 días.

Además, se establece que los programadores o técnicos que cumplan con este deber de informar recibirán inmunidad por reclamaciones de responsabilidad civil relacionadas con su notificación a las autoridades, excepto en casos en los que provean información falsa con el ánimo de perjudicar a alguien.

De igual forma, la medida establece que cualquier ciudadano que conozca o sospeche de la comisión de estos delitos también tiene el deber legal de informar a las autoridades. Cumplir con este deber de informar otorgará inmunidad por reclamaciones de responsabilidad civil relacionadas con la notificación a las autoridades, excepto en casos en los que se provea información falsa y/o con ánimo de perjudicar a alguien.

Proyecto de Cámara 1634 – Referido a Comisión en la Cámara.

Propone enmendar el Código Penal para ampliar la aplicación del concepto de «Grooming» en el Artículo 124 y establecer sanciones más severas relacionadas con la seducción, acoso sexual, persuasión, atracción y coacción de menores a través de internet o medios electrónicos.

Resolución del Senado 190 – Firmado como Ley 1-2023.

Ordena al Departamento de la Familia, el Departamento de Educación, la Administración de Salud Mental y Contra la Adicción, el Departamento de Salud y la Policía a adoptar un plan de emergencia para atender la crisis de abuso y maltrato de menores en Puerto Rico.

Este plan incluye una campaña de educación permanente en los medios de comunicación y redes sociales, la publicación de un Perfil Anual de Maltrato de Menores, la convocatoria a empresas de tecnología y telecomunicaciones para fortalecer la seguridad de los niños en el ciberespacio, proveer acceso a líneas gratuitas de ayuda y promover campañas de prevención del maltrato y abuso de menores.

Específicamente, ordena al Negociado de Telecomunicaciones convocar a los proveedores de telecomunicaciones a tomar medidas para proteger la seguridad de los niños en el ciberespacio, brindar acceso a líneas gratuitas de ayuda a los niños y utilizar sus plataformas para promover campañas de prevención del maltrato y abuso de menores.

Además, la medida ordena al Departamento de la Vivienda ofrecer talleres de orientación sobre el abuso y maltrato de menores a los residentes participantes de sus programas de vivienda.