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Aprueban enmiendas a la Ley de Reforma Educativa para promover la agricultura

El proyecto busca mantener recursos para el sostenimiento de los proyectos agrícolas y las fincas escolares.

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El Senado de Puerto Rico aprobó el Proyecto de la Cámara 1376, que propone enmendar la Ley de Reforma Educativa, con el fin de armonizar las disposiciones relacionadas con el uso de los fondos generados por las escuelas adscritas al Programa de Educación Agrícola, o que cuenten con programas especializados en agricultura, para promover el desarrollo de actividades sufragadas por el Fondo de Préstamos y Premios de la Asociación Futuros Agricultores de América, Capítulo de Puerto Rico, adscrito al Departamento de Educación.

creditos EJC

El proyecto de ley, que es autoría del representante Angel Morey Noble, propone a su vez derogar la Ley del Fondo de Préstamos y Premios de la Asociación Futuros Agricultores de América.

Lee el proyecto aquí

Reza la medida, que al crearse un Fondo de Préstamos y Premios para la Asociación Futuros Agricultores de América, Capítulo de Puerto Rico, se estableció que dicho Fondo se nutriría del cuarenta por ciento (40%) de los ingresos provenientes de la venta de productos agrícolas y animales de las Segundas Unidades Rurales, escuelas superiores, donde se enseñen cursos de agricultura vocacional y otras escuelas similares que se establezcan, así como de cualquier otro ingreso y donativo que se recibiese por otros conceptos, a medida que sean recaudados por el Oficial Recaudador de estas escuelas.

Además, la Ley del Fondo de Préstamos y Premios de la Asociación Futuros Agricultores de América, ordena al secretario de Hacienda a que acredite a dicho Fondo el producto de la venta o arrendamiento que el secretario de Transportación y Obras Públicas (DTOP) efectúe de los terrenos y accesiones adquiridos para dichas escuelas, que de acuerdo con resolución aprobada por la Junta Estatal de Instrucción Vocacional dejen de ser necesarios o de utilidad para el Programa de Educación Agrícola.

Sin embargo, el proyecto plantea que al aprobarse la Ley de Reforma Educativa, se dispuso que las escuelas adscritas al programa de educación agrícola, o con programas especializados en agricultura o aquellos programas de autoempleo de estudiantes con discapacidades que permiten fomentarles su capacidad de sostenerse económicamente, manejar dinero, y demás destrezas de transición al empleo, retendrán, en sus cuentas bancarias, el noventa por ciento (90%) del total del producto de las ventas que realicen y podrán utilizarlos para fines de mejoras a proyectos agrícolas en la finca escolar y para otros fines cónsonos con esta Ley, previa autorización del Consejo Escolar.

El autor del proyecto señala que ambas disposiciones legales han provocado un disloque operacional y variadas interpretaciones administrativas, a nivel local y central, máxime cuando la Asamblea Legislativa en ningún momento ha expresado su intención de derogar la legislación habilitadora del Fondo de Préstamos y Premios para la Asociación de Futuros Agricultores de América, Capítulo de Puerto Rico.

A tales efectos, esta legislación busca armonizar y consolidar bajo una sola Ley, ambas disposiciones y crear un justo balance para promover el desarrollo de las legítimas actividades sufragadas por dicho Fondo y, al mismo tiempo, mantener una cantidad razonable de recursos para el sostenimiento de los proyectos agrícolas y las fincas escolares ubicadas en las escuelas que cuentan con programas de educación agrícola en el sistema de educación pública.

Además, provee para que las escuelas adscritas al programa de educación agrícola, o con programas especializados en agricultura, puedan retener un setenta (70) por ciento del total del producto de las ventas que realicen, para utilizarlos en mejoras a proyectos agrícolas en sus respectivas fincas escolares y para otros fines cónsonos con la Ley de Reforma Educativa, y un veinte (20) por ciento será destinado al Fondo de Préstamos y Premios para la Asociación Futuros Agricultores de América, Capítulo de Puerto Rico, adscrito al Departamento de Educación, a fin de contribuir a la continuación de ofrecimiento de los préstamos y premios provistos en la Ley que se propone derogar mediante esta legislación, mientras que un diez (10) por ciento sería retenido por la escuela para cubrir gastos administrativos.

El autor de la medida entiende que con la aprobación de esta Ley se estaría haciendo justicia a cientos de jóvenes que actualmente estudian agricultura y pertenecen a la Organización Nacional FFA, Asociación de Puerto Rico, ya que se continuaría brindado la oportunidad a estudiantes, la mayor parte de los cuales son de zonas rurales, a tener experiencias educativas y culturales en Puerto Rico y fuera de éste, participando en convenciones, concursos, internados, y adiestramientos que les han sido de gran beneficio personal y profesional, y considera además, que el permitirles a todas las escuelas concernidas retener el setenta por ciento de los recaudos, se le brinda la autonomía y la agilidad administrativa necesarias para que los maestros de Educación Agrícola puedan desarrollar proyectos agrícolas demostrativos de una agricultura eficiente y económicamente viable.

La medida contó con 23 votos a favor y un solo voto en contra al momento de ser aprobada en Senado, que al proponer enmiendas adicionales al texto de la medida, deberá ser considerada nuevamente por la Cámara de Representantes antes de ser enviada al gobernador Pedro Pierluisi para su consideración.

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