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Caso importante del Tribunal Supremo sobre honorarios de abogados y abogadas

En los casos de discrimen en el empleo y el término para solicitarlo.

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Por Charles Zeno Santiago

En el caso de Iszol Ortíz Valle v. Panadería Ricomini, 2022 TSPR 131 210 DPR ____ el Tribunal Supremo de Puerto Rico indicó que aunque de ordinario los tribunales otorgarán en concepto de honorarios de abogado una suma igual al veinticinco por ciento (25%) de la indemnización base concedida al trabajador, nada impide que se concedan honorarios en exceso del veinticinco por ciento (25%) de la indemnización fundado en el concepto de razonabilidad.

El TSPR concluyó que cuando el esfuerzo de la representación legal lo justifica, se puede solicitar que estos se computen por horas trabajadas. Belk v. Martínez, 163 DPR 196 (2004); López Vicil v. ITT Intermedia, Inc., supra, pág.

El TSPR indicó que los tribunales están obligados a conceder honorarios razonables y a compensar justamente a los abogados que defienden al trabajador en reclamaciones contra su patrono, quienes no pueden recibir honorarios y están en desventaja económica.

Destacó el TSPR que el tribunal sentenciador debe otorgar honorarios adicionales guiado por los criterios establecidos en López Vicil v. ITT II, supra, ante una solicitud a tales efectos.

De otra parte la opinión es importante porque el TSPR establece el vehículo procesal para presentar el memorando solicitando honorarios por las horas trabajadas ya que la ley no establecía término alguno.

Como consecuencia el TSPR resolvió un plazo de catorce (14) días contado a partir del archivo en autos de copia de la notificación de la sentencia (o desde la remisión del mandato ante el trámite apelativo) por entender este es el término más apropiado en estos casos.

Concluyó el TSPR que lo aconsejable es que se presente en la fecha más cercana a la determinación final. De lo contrario, los abogados y las abogadas se atendrán a la cifra concedida originalmente por el tribunal sentenciador.

Finalmente el TSPR aplicó prospectivamente esta norma y concluyó que la solicitud de honorarios por horas trabajadas debió haber sido considerada por el foro de instancia ante los hechos particulares de este caso.

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