NOTICIAS

Airoso en su reclamo de suprimir evidencia

El sujeto alegó violación a su derecho a no autoincriminarse en algunas de las varias admisiones que hizo a agentes relacionadas al crimen.

Nota de la editora: ¿quieres estar al día con lo que sucede en los tribunales de Puerto Rico? Te invitamos a registrarte en nuestro boletín.

Por Daniel Rivera Vargas

Un hombre acusado a nivel federal de poseer ilegalmente municiones de un arma de fuego logró que una magistrada federal eliminará algunas de sus admisiones porque fueron tomadas luego de que este había indicado por escrito que no renunciaba a sus derecho a no autoincriminarse bajo las advertencias Miranda.

Hitler Cintrón Ortiz fue acusado mediante un pliego acusatorio federal en septiembre de 2021 de, según las alegaciones del gobierno, poseer municiones relacionadas al asesinato de un hombre el 3 de octubre de 2018 en Santurce, cuando el sujeto estaba bajo libertad supervisada de un crimen de sustancias controladas separado.

El sujeto alegó violación a su derecho a no autoincriminarse en algunas de las varias admisiones que hizo a agentes relacionadas al crimen y, en un informe emitido la semana pasada por la magistrada Giselle López-Soler, esta entendió que Hitler Cintrón Ortiz tenía razón.

Según el documento de 14 páginas, Cintrón Ortiz fue arrestado el 11 de abril de 2019 y se le dijo que tenía derecho a permanecer en silencio.

Posteriormente, mientras estaba esposado de pies y manos, dio declaraciones en cuatro ocasiones diferentes: en dos ocasiones a agentes de la Agencia federal de Armas, Tabaco y Fuego (ATF, por sus siglas en inglés), a la Policía municipal y a la División de Homicidios de la Policía de Puerto Rico.

La magistrada resaltó que luego de la segunda de cuatro entrevistas realizadas en un espacio de unas tres horas por agentes federales y estatales, el acusado Cintrón Ortiz marcó en un documento que no renunciaba a sus derechos bajo las advertencias Miranda, que son las orientaciones que hacen los agentes a los sospechosos de delitos de su derecho constitucional a no autoincriminarse.

«Conforme la Quinta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos, ninguna persona debe ser obligada en un caso criminal a testificar en su contra», recordó la magistrada.

De acuerdo al informe y recomendación, una decisión del Supremo federal, Miranda, resaltó que no solo se le deben informar a ese ciudadano de sus derechos pero que «la Policía debe respetar la decisión de ese sospechoso de ejercer esos derechos y cesar inmediatamente cualquier interrogatorio».

Según la magistrada, esa protección constitucional se puede renunciar, como por ejemplo si el acusado es quien reinicia una conversación, pero en el caso de Cintrón Ortiz el video de la grabación demuestra que fue un agente el que insistió en que el sospechoso hablara, y que Cintrón Ortiz constantemente respondía las preguntas del oficial moviendo la cabeza de forma negativa.

La fiscalía federal pidió hasta el 14 de junio para oponerse a la decisión de la magistrada, lo que fue concedido por la jueza asignada al caso, Aida Delgado Colón.

A %d blogueros les gusta esto: