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Cambios en los requisitos para dirigir ordenación territorial en municipios

El Senado incluyó enmiendas al texto de aprobación de la medida, por lo que la misma, debe ser considerada nuevamente por la Cámara de Representantes para concurrencia o conferencia.

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Un proyecto de ley que propone enmendar el Código Municipal de Puerto Rico con el fin de ampliar los tipos de profesionales que pueden dirigir las Oficinas de Ordenación Territorial en los municipios, fue aprobado por el Senado en su sesión del 26 de febrero de 2024.

Se trata del Proyecto de la Cámara 1034, presentado y suscrito por los representantes Domingo J. Torres García, y Angel Fourquet Cordero respectivamente.

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Puedes leer el proyecto aquí

Reza la medida que el Código Municipal, además de otorgar a los municipios la autonomía fiscal, poderes y facultades necesarias para trabajar en su desarrollo urbano, social y económico, dispuso también, conforme a la Ley 160-1996, según enmendada, conocida como Ley para Reglamentar la Profesión de Planificador en Puerto Rico, que los puestos de Director(a) de las Oficinas de Ordenación Territorial de los Municipios serán ocupados únicamente por planificadores(as) licenciados(as) con un grado de maestría en planificación y con 5 años de experiencia en ese campo laboral.

Sin embargo, los autores plantean que al estar esas oficinas ocupadas únicamente por planificadores(as) licenciados(as), se le resta oportunidad y posibilidad de participación a otros profesionales competentes en asuntos relacionados a la ordenación del territorio, como podría ser el caso de los arquitectos(as) o ingenieros(as).

A tono con lo anterior, esta legislación propone restablecer el texto original previo a la citada Ley 106, para permitir a los municipios reclutar a profesionales, que más allá de contar con experiencia en el campo de la planificación y urbanismo, puedan también contar con otro tipo de preparación que les permita poder ser considerados a desempeñar la función de Director(a) de la Oficina de Ordenación Territorial del municipio.

La pieza legislativa destaca que en la actualidad, 12 de los 78 municipios han logrado obtener la transferencia de jerarquías de ordenación territorial mediante convenios firmados con la Junta de Planificación y la Oficina de Gerencia de Permisos.

El Senado incluyó enmiendas al texto de aprobación de la medida, por lo que la misma, debe ser considerada nuevamente por la Cámara de Representantes para concurrencia o conferencia.