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Reforma a la política energética y cancelación del contrato de Luma Energy

Medidas legislativas de la Delegación PPD ante consideración de la Cámara de Representantes.

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La Delegación del Partido Popular Democrático en la Cámara de Representantes presentó dos medidas legislativas dirigidas a enmendar el marco legal de la política pública energética de Puerto Rico y, para ordenar la cancelación del contrato de Luma Energy.

De una parte, el Proyecto de la Cámara Núm. 94, propone enmendar la Ley de Política Pública Energética y la Ley para Transformar el Sistema Eléctrico de Puerto Rico a los fines de reducir el costo de la electricidad mediante un sistema de despacho eficiente; establecer métricas objetivas para un operador futuro e incorporar el principio de justicia ambiental.

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De igual forma, estas enmiendas buscan establecer que el Negociado de Energía no participe en procesos de adjudicación o supervisión de contratos de alianzas para evitar conflictos de intereses o la apariencia de posibles conflictos en sus funciones.

La medida legislativa define el concepto de despacho económico como la distribución de las fuentes de generación disponibles para cumplir con la demanda total de electricidad tomando en cuenta los costos totales, promedio y marginales de generación, la infraestructura disponible de generación y los límites operacionales del sistema de transmisión y distribución con el objetivo de minimizar el costo al consumidor.

Mientras, las métricas de cumplimiento son definidas como aquellas formas de medir el desempeño de una compañía de servicio eléctrico en cuanto a la satisfacción del cliente y el cumplimiento de metas técnicas, de seguridad, regulatorias y financieras.

Puedes ver el Proyecto de la Cámara 94 aquí

En torno a la inclusión del principio de justicia ambiental entre los principios rectores del sistema eléctrico, se define el mismo como aquel principio que promueve el trato justo y la participación significativa de todas las personas con respecto al desarrollo, implementación y cumplimiento de las leyes ambientales, reglamentos y políticas públicas relacionadas.

Se afirma que esta meta se alcanzará si todas las personas disfrutan del mismo nivel de protección contra los riesgos a la salud y tienen el mismo acceso a los procesos de toma decisiones en cuanto a obtener un ambiente saludable en el cual vivir, estudiar y trabajar.

Sobre la propuesta legislativa para la cancelación del contrato conocido como el Operation and Maintenance Agreement del 17 de junio de 2020 y el Supplemental Agreement del 22 de junio de 2020 de Luma Energy, la Resolución Conjunta de la Cámara Núm. 13, ordena a la Autoridad para las Alianzas Público privadas y a la Autoridad de Energía Eléctrica notificar a Luma Energy que comience el proceso contractual de cancelación de ambos contratos vigentes dentro de un término de 60 días por incumplimiento de varias cláusulas contractuales.

A fines de garantizar la continuidad del servicio, la medida dispone que la Autoridad de Alianzas Público Privadas debe comenzar el proceso para seleccionar a un nuevo operador del sistema energético según dispuesto por ley mientras se cumple con la cancelación del contrato de Luma Energy. Las entidades que participen en este proceso de selección tendrían inmunidad de cualquier reclamación de naturaleza civil o administrativa frente a las compañías de servicio eléctrico que actualmente operan en Puerto Rico.

Por último, se dispone que el personal y las operaciones de la empresa conocida como ServCo en el acuerdo entre Luma Energy y, la AEE y la Autoridad de Alianza Público Privadas se mantendrá en funciones. Durante el periodo de transición, las funciones de ManagementCo en dicho acuerdo serían ejecutadas por la AEE mientras se identifica un nuevo operador que asuma la gerencia del sistema.

Ambas medidas legislativas fueron radicadas el 2 de enero y deben iniciar el trámite legislativo de referido a comisión y análisis a partir del inicio de la sesión legislativa el 13 de enero.

Descarga la Resolución Conjunta de la Cámara 13

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