Aclara el Supremo los documentos que son requeridos para expedientes de dominio
No procede exigir una certificación jurada de mensura al promovente de un expediente de dominio cuando este cumpla con dos parámetros: que haya alegado que carece del título; y que de la petición jurada y prueba presentada surja alguna mensura en la que conste la cabida y las colindancias.





