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En desacuerdo Justicia con decisión federal de quiebra criolla

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César Miranda. Foto: Facebook (Departamento de Justicia de Puerto Rico)

El Secretario del Departamento de Justicia, César Miranda, junto a Margarita Mercado Echegaray, Procuradora General, se manifestó en desacuerdo con la determinación y proceso evaluativo emitido en la decisión hoy por el Tribunal Supremo de los Estados Unidos en la que, en votación de 5-2 (con el octavo miembro de la curia inhibido), determinó que la Ley federal de Quiebras ocupa el campo jurídico e impide el que Puerto Rico adopte sus propias leyes para lidiar con la reestructuración de las corporaciones públicas, al tiempo que garantiza la prestación de servicios básicos a la ciudadanía.

“Presentamos este caso ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos porque estábamos y estamos absolutamente convencidos de que es jurídicamente imposible el que se dejara a Puerto Rico en una total indefensión con relación al tema de la reestructuración de su deuda. No hay precedente en el sistema de justicia americano en el que se haya dejado desprovisto de un recurso de reestructuración a ningún estado de los Estados Unidos. Es inexplicable el que se acepte como correcta la exclusión en el 1984 de la protección del Código federal de Quiebras sin que medie en el récord legislativo la más mínima expresión de por qué se hizo. Por lo tanto, esta decisión nos sorprende. A base de la argumentación en la vista del Tribunal Supremo federal entendimos que la decisión se inclinaría a nuestro favor”, explicó Miranda.

“Defendimos la constitucionalidad de la Ley de Quiebra Criolla porque sin duda es un instrumento de reestructuración indispensable para Puerto Rico, particularmente ante la situación fiscal que padecemos. Estamos convencidos de que el ELA ejerció válidamente su autoridad de legislar en una materia que le era indispensable para atender en parte la crisis fiscal”, añadió.

“Lamentablemente, el máximo foro de los Estados Unidos determinó que a pesar de que las corporaciones públicas de Puerto Rico y sus municipalidades no se pueden beneficiar de los mecanismos de reestructuración de deudas del Capítulo 9, dicha legislación federal ocupa el campo e impide que Puerto Rico legisle para autorizar a sus corporaciones públicas a utilizar mecanismos legales y judiciales de reestructuración de deuda. Respetamos la decisión de la Corte Suprema federal y reiteramos el compromiso del ELA de seguir agotando todos los medios disponibles para restablecer la salud fiscal de las corporaciones públicas en beneficio de todos y todas las puertorriqueñas”, acotó el Secretario.

De paso, se expresó sumamente complacidos con el trabajo de los licenciados Christopher Landau y Claire Murray, quienes litigaron este caso “con entrega y el mayor de los compromisos con Puerto Rico”.

El 7 de julio de 2015, el Tribunal federal de Apelaciones para el Primer Circuito decretó la inconstitucionalidad de la Ley para el Cumplimiento con las Deudas y para la Recuperación de las Corporaciones Públicas de Puerto Rico, mejor conocida como la “quiebra criolla”, en el caso Franklin California Tax Free Trust, et al. v. Commonwealth of Puerto Rico, et al, Nos. 15-1218; 15-1221; 15-1271; 15-1272.

El 4 de diciembre de 2015, la Corte Suprema federal acogió la petición de certiorari del ELA en la que el Departamento de Justicia solicitó que se deje sin efecto el trato dispar que la interpretación del Primer Circuito pretende darle a Puerto Rico en virtud del cual se excluye arbitrariamente a Puerto Rico de los beneficios del Capítulo 9 del Código de Quiebras y se anula el interés apremiante del ELA de atender una situación de crisis que ha colocado a los puertorriqueños a la merced de sus acreedores sin mecanismo legal de reestructuración que los auxilie.

La Corte Suprema celebró una vista oral el 22 de marzo de 2016. Luego de ello, el caso quedó sometido para adjudicación final.