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Ya es ley proyecto de salario mínimo para empleados y empleadas domésticas

Ya es ley salario mínimo para empleados y empleadas domésticasEl gobernador Alejandro García Padilla convirtió en ley el Proyecto de la Cámara 2383, que crea la Carta de Derechos de Empleados y Empleadas en el Servicio Doméstico, medida que establece un salario mínimo que equivale al salario mínimo federal por hora, entre otros beneficios para los empleados del mencionado sector.

La recién firmada ley es de la autoría de los legisladores Yashira Lebrón Rodríguez, María M. Charbonier Laureano, María de L. Ramos Rivera y Jesús Santa Rodríguez.

La ley hace extensivo a los empleados y empleadas domésticas las normas generales sobre jornada de trabajo y horas extras, el derecho a licencia de vacaciones y por enfermedad y establece sanciones por incumplimiento de la ley y exige al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos el cumplimiento estricto de la disposición.

En el gremio protegido estarán las personas que se dedican al servicio doméstico y al servicio de compañía de personas de edad avanzada o enfermos. Servicio de compañía de personas de edad avanzada o enfermos son aquellos dirigidos a proveer compañía, cuidado y protección a un individuo que por razón de su edad avanzada o incapacidad física o mental, no puede atender sus propias necesidades. Esta definición no incluye el cuidado de personas de edad avanzada o enfermos que requiere o sea provisto por personas adiestradas, como lo sería un médico, terapeuta, enfermera práctica o graduada y otros profesionales con preparación formal para esos fines.

Sobre el servicio doméstico, incluye aquel servicio realizado por un empleado o empleada en una residencia privada, sea ésta permanente o temporal. El término incluye, sin limitarse a: cocineros o cocineras, camareros o camareras, mayordomos, criadas o criados, amas o amos de casa, institutrices, niñeros o niñeras, porteros o porteras, lavanderos o lavanderas, jardineros o jardineras, cuidadores o cuidadoras, conductores o conductoras y “handymen”.

A través de la Carta de Derechos, los trabajadores de este sector podrán exigir contrato firmado entre las partes, se les garantizaría un salario mínimo, el pago de horas extras, días libres garantizados, jornadas laborales no excesivas, periodos de descanso y pago de días de vacaciones y por enfermedad.

Según el informe que se realizó previo a la aprobación de la ley, debido al trabajo de estas personas en  en residencias privadas, carecen de una fiscalización adecuada que evite violación de sus derechos laborales que en ocasiones rayan en transgresión de derechos humanos.

Con la aprobación de esta iniciativa se protege igualmente el interés público, al restringir la economía subterránea y se reduce la evasión de contribuciones, lo que permitirá al gobierno allegar más recursos al fisco.

Las reclamaciones relacionadas con las prácticas discriminatorias, según definidas ampliamente en la ley, serán tramitadas por la Unidad Anti-Discrimen adscrita al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos. Las reclamaciones relacionadas con salarios, vacaciones, jornada de trabajo y condiciones de empleo, serán tramitadas por el Negociado de Normas de Trabajo adscrito al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos.

Estas reclamaciones serán sin perjuicio de cualquier otra reclamación a la cual tenga derecho el empleado o empleada, y que recaiga en la jurisdicción del Tribunal General de Justicia o de otra agencia o instrumentalidad.

De acuerdo a las estadísticas de empleo y salarios por ocupación de 2014, cerca de 3,320 personas se dedicaban a esa fecha al servicio doméstico y limpieza de casas privadas en Puerto Rico.

 

 

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