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Ley que concede licencia sin sueldo de 15 días al año a empleados con situaciones de violencia doméstica o género, maltrato de menores, u hostigamiento sexual en el empleo

El ahora ex gobernador Ricardo Rosselló Nevares en los últimos días de su mandato, convirtió en ley el Proyecto de la Cámara 2007 que crea una licencia especial para empleados con situaciones de violencia doméstica o de género, maltrato de menores, hostigamiento sexual en el empleo, agresión sexual, actos lascivos o acecho grave.

La nueva ley dispone que la licencia especial es sin paga y con una duración de hasta 15 días laborables que se podrán utilizar en cada año natural.

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Rosselló Nevares al firmar dicha ley sentenció que ningún patrono podrá discriminar o evaluar desfavorablemente a un empleado por haber utilizado la licencia especial.

Esta licencia especial aplicará tanto a empleados del sector privado como del sector público que enfrenten alguna de estas situaciones, ya sea contra ellos o contra cualquier miembro de su familia. Los empleados tendrán derecho a solicitar esta licencia, exista o no una querella en el Negociado de la Policía de Puerto Rico. A solicitud del empleado, la licencia especial se podrá utilizar mediante horario fraccionado, flexible o intermitente.

Por su parte, la procuradora de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM), Lersy Boria Vizcarrondo, catalogó esta ley como un paso de avanzada en la lucha contra la violencia de género y la protección de las víctimas de maltrato.

La licencia también se podrá utilizar para orientarse y obtener una orden de protección o cualquier orden judicial; buscar y obtener asistencia legal; buscar y obtener vivienda segura o espacio en un albergue; visitar cualquier clínica, hospital o cita médica; y orientarse, buscar o beneficiarse de cualquier tipo de ayuda o servicio, entre otras situaciones.

Bajo la licencia especial, todo empleado podrá solicitar un acomodo razonable o condiciones flexibles de trabajo que le permitan atender una situación de maltrato. De igual forma, la nueva Ley faculta al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos y a la OPM a imponer multas de hasta $5,000 a los patronos que incumplan con las disposiciones establecidas.

Los fondos que se recauden por concepto de la multa se destinarán para la distribución de fondos y donativos que otorga la OPM a los albergues que atienden mujeres en situaciones de alto riesgo.

Dicho proyecto fue radicado por el presidente de la Cámara Carlos «Johnny» Méndez Nuñez el 11 de marzo de 2019, y fue atendido en ambos cuerpos legislativos por la Comisión de Asuntos de la Mujer.

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