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Publican nueva orden ejecutiva para tercera fase de reapertura

La gobernadora Wanda Vázquez Garced publicó la Orden Ejecutiva 2020-044, que regirá la tercera fase de la reapertura económica tras la pandemia por COVID-19.

Descarga Orden Ejecutiva 2020-044

La Orden Ejecutiva 2020-044 sostiene que:

  • Se eliminará el toque de queda que requiere razones específicas para salir de los hogares.
  • Permanece el toque de queda en las noches, pero empezará a las 10:00 pm y terminará a las 5:00 am.
  • La orden estará vigente por dos semanas.
  • La nueva orden estará vigente desde el 16 de junio hasta el 30 de junio de 2020.
  • Todos los comercios podrán abrir de lunes a domingo dentro del tiempo permitido.
  • Los empleados de confianza del gobierno de Puerto Rico deberán presentarse a trabajar desde el 16 de junio.
  • Se añade la reapertura de los centros de masajes o spas (de manera individual y con las medidas de seguridad).
  • Podrán abrir las agencias de publicidad y todo tipo servicio profesional.
  • Los centros de terapia y los museos podrán volver a abrir (con citas).
  • Podrá comenzar a abrir la industria fílmica.
  • La ocupación por negocios se amplia de un 25% a un 50% de su capacidad.
  • Los comercios pequeños deberán asegurar el distanciamiento entre una mesa y otra.
  • Los cines y autocines podrán abrir, harán sus ventas de forma electrónica y debe cumplir con la utilización de mascarillas en todo momento.
  • Los mercados agrícolas podrán abrir, pero siempre que cumplan con el distanciamiento social.
  • Los gimnasios estarán autorizados para abrir, pero deberán cumplir con medidas específicas promovidas por el Departamento de Salud, el Centro para el Control de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) y la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés). Deben mantener distanciamiento de seis pies.
  • Se autorizan actividades deportivas. Quedan excluidos deportes de alto contacto físico. El Departamento de Recreación y Deportes publicará una carta circular con las normas específicas para las actividades permitidas.
  • Los centros de cuido podrán abrir desde el martes, 16 de junio de 2020 para la desinfección y orientación del personal.
  • Los centros de cuidos podrán abrir para los menores desde el 1 de julio de 2020.
  • Los centros educativos públicos y privados en todos los niveles podrán abrir para la desinfección y orientación del personal.
  • Se autoriza el turismo interno, pero bajo medidas específicas.
  • Las personas podrán alquilar equipo, indumentaria y vestimenta para las actividades deportivas permitidas.
  • Se autoriza el uso de áreas comunes en hospederías y paradores, siempre que no se exceda el 50% de la ocupación máxima.
  • Se podrán abrir las atracciones de aventuras, siempre que no se exceda el 50% de la ocupación máxima.
  • El mercado turístico externo empezará a abrir desde el 15 de julio de 2020.
  • Se autorizan las visitas a las playas y balnearios, pero no debe haber aglomeración.
  • Las iglesias y comunidades de fe podrán celebrar reuniones religiosas entre las 5:00 am y las 10:00 pm.
  • Se autorizan, desde el 16 de junio, la utilización de espacios abiertos y estacionamientos para la presentación de eventos tipo «drive-in» para la proyección de películas, graduaciones, conciertos, stand-ups y presentaciones previamente grabadas.
  • Se autorizan, desde el 1 de julio, la apertura de venues para eventos y conciertos, pero siempre que se cumpla con las recomendaciones del CDC, OSHA, el Departamento de Salud y todos los protocolos establecidos para la industria.

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