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Anticipan pleito judicial tras triunfo «write-in» en Guánica

Por Daniel Rivera Vargas

Una de las sorpresas de las elecciones 2020 es que en Guánica puede que el candidato por nominación directa, Edgardo Cruz Vélez, haya sido electo alcalde del municipio.

Cruz se proclamó ganador tras registrarse 2,041 votos por nominación directa en el municipio del sur, mientras que los principales contendientes en la papeleta, Ismael «Titi» Rodríguez Ramos, por el Partido Popular Democrático (PPD), lograba 1,962 votos frente a 1,953 del aún alcalde Santos Seda «Papichi».

Sería la primera vez que alguien gana un escaño por la vía del llamado write-in o nominación directa en Puerto Rico.

El caso más parecido fue el triunfo de Santos «El Negro» Ortiz en 1988, cuando ganó fuera de los principales partidos, pero como candidato independiente.

ANTE LOS TRIBUNALES

Algunos profesores de derecho explicaron a Microjuris.com que no se debe descartar que surjan pleitos judiciales impugnando la validez de esos votos por write-in, porque el Código Electoral 2020 en la sección 2.3 inciso 55 y 112, establece unas definiciones muy específicas para aceptar esos votos como válidos.

El requisito es que el nombre del candidato o candidata debe estar completo y debe tener una marca válida, o una «x» al lado del encasillado de nominación directa.

Los profesores Yanira Reyes Gil y Jorge Farinacci Fernós destacaron que independientemente de lo que diga esa ley, debe prevalecer la «intención del elector», como parte del derecho constitucional al voto.

«Eso va a traer litigio porque sospecho que muchos de los otros candidatos van a impugnar los votos write-in en el sentido de que alguien no haya escrito el nombre perfecto o los dos apellidos. Podría surgir duda», dijo el profesor Farinacci Fernós.

«Yo quisiera pensar que va a regir el criterio rector de la intención del elector», sostuvo el profesor.

Para el profesor, en esta posible contienda chocan dos cosas:

  • las instrucciones detalladas en ley y la papeleta
  • el criterio general de la intención del elector

Aunque sostuvo que hay jueces que pueden entender que «las instrucciones son las instrucciones y hay que seguirse», el profesor sostuvo que si se establece en el tribunal —ya sea por conocimiento judicial o por descubrimiento de prueba— que un candidato hizo campaña para lograr los votos (aunque los votos no tengan el nombre completo o la marca), deberían adjudicarse porque son evidencia de la intención del elector de apoyar a ese candidato.

Mientras, para la profesora Reyes Gil, independientemente de lo que diga el Código Electoral, debe prevalecer la intención del elector.

«Ese Código Electoral tiene varias disposiciones problemáticas y algunas de esas controversias van a llegar al tribunal», dijo Reyes, quien mencionó como ejemplo las muchas papeletas dañadas, en parte por las exigencias de esa ley.

«En términos del write-in, es un voto totalmente válido y el principio de intención del elector debe ir por encima de cualquier tecnicismo. El derecho al voto es de mucha importancia en cualquier proceso democrático», sostuvo.

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