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Protección a familias realojadas bajo Programa de Comunidades Especiales llega a la Cámara

Tras la aprobación en el Senado de Puerto Rico, la medida que busca crear la Ley de Justicia para Familias e Individuos del Programa de Comunidades Especiales está ante la Comisión de Bienestar Social, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores de la Cámara de Representantes.

La presidenta de la comisión cameral que atenderá la medida es la representante Lissie Burgos Muñiz, del Proyecto Dignidad (PD).

La medida busca establecer un proceso ordenado entre el Departamento de la Vivienda, la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto y el Fideicomiso para atender las situaciones que enfrentan decenas de familias e personas relocalizadas en alquileres temporeros por el programa de Comunidades Especiales de Puerto Rico.

La Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico estima que la cantidad de familias realojadas alcanza las 8,000. 

Este Proyecto del Senado 190, de la autoría de la senadora Gretchen Hau Irizarry, también busca reactivar el Programa de Comunidades Especiales.

¿Cuál fue el proceso en el Senado?

Para la consideración de la medida, las comisiones de Desarrollo Económico, Servicios Esenciales y Asuntos del Consumidor y la de Asuntos Municipales y Vivienda consideraron diversas ponencias. 

Entre estas, las de PRODEV, una organización que agrupa a 106 lideres comunitarios en 70 comunidades distribuidas a través de 22 municipios de la isla.

La entidad sometió recomendaciones a la medida entre las que se encuentran requerir un informe que contemple el total de las hipotecas activas, los balances de pago y promulgar un nuevo reglamento por el propio fideicomiso para regir el otorgamiento de hipotecas.

El Departamento de la Vivienda avaló la medida aún cuando advirtió que parte del lenguaje obstaculizaría que la agencia continúe cobrando las hipotecas de las unidades participantes en el Programa de Comunidades Especiales y reconoció que se desconoce si el Fideicomiso o la ODSEC cuentan con la capacidad administrativa para llevar a cabo esas funciones.

La organización FURIA, Inc, cuya función principal es acompañar a líderes comunitarios alrededor de la isla ofreciendo apoyo legal para entender y participar de procesos gubernamentales relacionados a programas de vivienda, entiende que el proyecto es una iniciativa importante para comenzar a hacer justicia a las comunidades que han sido afectadas por fallas en la administración del Programa de Comunidades Especiales.

Descarga el Proyecto del Senado 190

La medida afirma que tras la firma de convenios para ejecución de obras y proyectos con el Departamento de Vivienda, el Departamento de Transportación y Obras Públicas y decenas de municipios, la gerencia de proyectos resultó inadecuada, ocasionando que muchas de las obras, particularmente residencias para familias desventajadas, quedaran inconclusas.

Según el proyecto, esto provocó que cientos de familias fueran desplazadas de sus comunidades temporeramente, mientras esperaban por la reconstrucción de sus hogares. Decenas de ellas aún se encuentran en alquileres temporeros.

¿Qué dispone la legislación?

  • Ordena al Departamento de la Vivienda, en específico a la secretaría de gerencia de desarrollo de proyectos de vivienda, a elaborar una lista con información precisa sobre todas las familias e individuos de comunidades especiales actualmente realojadas en alquileres temporarios.
  • Prohíbe al Departamento de la Vivienda, a la ODSEC y al Fideicomiso utilizar, comprometer y desembolsar fondos y recursos, presentes y futuros, producto de alquileres e hipotecas de interés social establecidas bajo el programa de comunidades especiales hasta tanto la ODSEC y el Fideicomiso atiendan y solucionen permanentemente las promesas de reconstrucción o construcción de viviendas realizadas a familias e individuos que actualmente se encuentran alojados en alquileres temporarios.
  • Ordena a la ODSEC y al Fideicomiso a presentar Informe Conjunto ante la secretaría de los cuerpos legislativos, especificando la solución identificada y tramitada para cada familia e individuo que actualmente se encuentra realojado temporalmente.

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