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Proponen ampliar poderes de Oficina Independiente de Protección al Consumidor

La participación de la OIPC ante cualquier operador de transmisión y distribución de energía sería exclusivamente en casos relacionados a posibles daños a enseres eléctricos o alimentos dañados.

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El Senado de Puerto Rico aprobó el Proyecto del Senado 845 para enmendar la Ley de Transformación y ALIVIO Energético de Puerto Rico a los fines de ampliar los poderes y facultades de la Oficina Independiente de Protección al Consumidor (OIPC).

Entre los cambios propuestos se encuentra enmendar la ley para que que la OIPC pueda participar y comparecer como parte peticionaria o como parte interventora en cualquier acción ante el Tribunal General de Justicia o ante los tribunales de la jurisdicción federal, relacionada con posibles daños a enseres eléctricos o alimentos dañados que hayan sido ocasionados como consecuencia de la interrupción del servicio eléctrico o por fluctuaciones de voltaje, y solicitar la correspondiente compensación.

De igual forma, la medida dispone que la OIPC pueda presentar reclamaciones, querellas o recursos legales ante cualquier operador de transmisión y distribución de energía a nombre y en representación de clientes, por posibles daños a enseres eléctricos que hayan sido ocasionados como consecuencia de la interrupción del servicio eléctrico y por fluctuaciones de voltaje y solicitar la correspondiente compensación.

Actualmente la OIPC está facultada para participar o comparecer como parte peticionaria o como parte interventora ante los tribunales de Puerto Rico y de la jurisdicción federal respecto a acciones relacionadas con tarifas, facturas, política pública o a cualquier otro asunto que pueda afectar a los clientes de servicio eléctrico, telecomunicaciones y transporte.  La enmienda propuesta añade expresamente la facultad de la OIPC para comparecer en casos relacionados a posibles daños a enseres eléctricos o alimentos dañados de clientes que hayan sido ocasionados como consecuencia de la interrupción del servicio eléctrico o por fluctuaciones de voltaje.

Descarga la medida

De otra parte, dentro de las facultades actuales de la OIPC  se encuentra presentar querellas o recursos legales ante el Negociado de Energía, el Negociado de Telecomunicaciones de Puerto Rico y el Negociado de Transporte y otros Servicios Públicos de Puerto Rico a nombre y en representación de clientes, que no tengan otra representación legal, en relación con controversias sobre cualquier asunto que afecte el servicio, tarifa o en cualquier otro asunto que afecte los intereses o derechos de los clientes de servicio eléctrico, telecomunicaciones y transporte.

La exposición de mmotivos reconoce que actualmente la OIPC carece de jurisdicción para representar reclamaciones o querellas de clientes ante LUMA Energy por lo que solo se han limitado a orientar a los consumidores sobre los derechos que estos ostentan.

Se argumenta ante los problemas que enfrenta el sistema eléctrico, es indispensable que los clientes puedan contar con una agencia que no solo los oriente, sino que también los represente en una reclamación contra Luma Energy y en el caso de recibir una denegatoria puedan ser representados por la OIPC en los tribunales para poder reclamar sus derechos.

La medida, de la autoría de la senadora Elizabeth Rosa Vélez pasa ahora a la consideración de la Cámara de Representantes.

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