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Ante la discusión sobre el Reglamento Conjunto 2020, en Microjuris recapitulamos lo acontecido con relación al documento que regula el uso de terrenos y el otorgamiento de permisos.
A continuación, el resumen de algunos de los artículos que hemos publicado del Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos Relacionados al Desarrollo, Uso de Terrenos y Operación de Negocios.
Declaran nulo el Reglamento
El 31 de marzo de 2021 el Tribunal de Apelaciones declaró nulo el Reglamento Conjunto 2020.
El foro apelativo basó su decisión en que el reglamento carecía de un resumen ejecutivo que exponga los propósitos y un análisis sobre los costos y los beneficios, como exige la sección 2.5 (b) de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico (LPAUG).
Además, el Tribunal de Apelaciones destacó que la falta de una exposición de motivos fue señalada en varias instancias por la ciudadanía que participó del proceso de discusión.
El recurso legal en Apelaciones lo presentó el Comité Pro-Seguridad de las organizaciones ARRAQ y ARESPA. Estas organizaciones representan los residentes en las urbanizaciones Alturas del Remanso y Quintas de Cupey, Paraná, Villas del Paraná, El Remanso, Quintas de Cupey Garden Apartments y El Escorial, del municipio de San Juan.
Sin lugar petición de la Junta de Planificación
Luego, el Tribunal Supremo de Puerto Rico (TSPR) declaró sin lugar una petición de revisión que presentó la Junta de Planificación (JP) sobre la validez del Reglamento Conjunto de 2020.
Reacciona ante decisión del Supremo
En entrevista con Microjuris, el planificador y economista Luis García Pelatti explicó que ciertos permisos que se otorgaron entre el 2 de enero y el 4 de junio podrían ser cuestionados luego de que el TSPR despachó la controversia sobre el Reglamento Conjunto 2020.
Mencionó que cualquier persona que haya sentido que sufrió algún daño a partir del otorgamiento de un permiso de desarrollo, uso u operación de negocios que se concedió entre ese periodo podría ir al tribunal para señalar la nulidad del permiso que se otorgó.
Agotan los recursos legales
El 24 de enero de 2022 el Supremo atendió la segunda solicitud de reconsideración sometida por la JP sobre otra impugnación que había radicado el Fideicomiso de Conservación de Puerto Rico y Para La Naturaleza Inc. sobre el mismo Reglamento Conjunto. El alto foro judicial también resolvió con un «No Ha Lugar».
Como un recurso solo puede presentarse ante el TSPR dos veces, este segundo intento significa que la JP agotó sus recursos legales para atender el tema ante el máximo foro judicial.
También implica que cualquier determinación que se haya realizado utilizando el Reglamento Conjunto 2020 puede declararse nulo si se lleva ante el Tribunal de Apelaciones. Ninguna agencia de gobierno puede utilizar el Reglamento Conjunto 2020.
Señalan vigencia del Reglamento
El 28 de enero, después de la decisión del Tribunal Supremo, la JP emitió la resolución JPI-39-09-2022, que determina que el Reglamento Conjunto 2020 sigue vigente a pesar de la decisión del alto foro judicial.
Surgen dudas entre desarrolladores y empresarios
Como resultado de las decisiones judiciales, surgen múltiples dudas entre desarrolladores y empresarios sobre cuál es el proceso vigente en cuanto a la otorgación de permisos pese a que el presidente de la JP, Julio Lassús, insiste en que el Reglamento Conjunto de 2020 continúa vigente.
En entrevista con Microjuris, la licenciada Verónica González Rodríguez, el planificador García Pelatti y el licenciado William Vázquez Irizarry advirtieron sobre las implicaciones que traería esta decisión del Supremo y su efecto en el desarrollo económico del país.
Según García Pelatti, esta decisión del Supremo implica que cabe la posibilidad de que algún vecino o parte afectada pueda ir al Tribunal y decir: ‘Ese proyecto es nulo porque se aprobó con el Reglamento Conjunto 2020’.
«Eso va a ser desde aquellas personas que consideran que el proyecto que se aprobó no es el correcto, pero también implica que, en un país tan competitivo, un competidor venga y diga que un proyecto que es nulo. Se está abriendo esta gran caja de Pandora debido a esta nulidad del reglamento», comentó García Pelatti.
La licenciada González Rodríguez indicó que el país se encontraba en un proceso de incertidumbre “porque la Junta de Planificación no emite interpretaciones certeras y seguras”.
Por su parte, el licenciado Vázquez, quien forma parte de la representación de las urbanizaciones ARRAQ ARESPA, aseguró que el recurso de OGPe no debe afectar la validez ni sentencia en su caso. Incluso, ante la resolución emitida por la JP, el licenciado radicó una moción urgente.
Foro apelativo rechaza petición
El Tribunal de Apelaciones rechazó atender la petición del Comité Pro-Seguridad ARRAQ y ARESPA para que encontrara en desacato a la JP por esta notificar, mediante Resolución, que el Reglamento Conjunto 2020 continúa vigente hasta tanto se exprese el TSPR con relación a un caso que está pendiente ante su consideración.
El foro apelativo se declaró sin jurisdicción en respuesta a la Moción Urgente, presentada por el licenciado William Vázquez Irizarry como representante legal de la parte recurrente, por ser un foro intermedio que no interviene en los trámites ulteriores de los casos.
OGPe solicita revisión
La Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) solicita al Supremo una revisión del fallo del Tribunal de Apelaciones al plantear que la determinación apelativa fue emitida sin jurisdicción porque que la agencia no fue notificada ni incluida en el pleito.
Esto luego de que el Fideicomiso de Conservación de Puerto Rico y la organización Para La Naturaleza alegaran la falta de un proceso transparente con suficiente participación ciudadana, entre otros señalamientos procesales, durante la aprobación de dicho reglamento.
Confirma decisión de Apelaciones
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión unánime confirmando la sentencia del Tribunal de Apelaciones. En este caso, el Supremo determinó que la OGPe no es parte indispensable en el pleito, pues no tiene un interés común en la controversia.
«Establecemos que, a todo con el derecho vigente, cuando se impugne de su faz la referida regulación, la única agencia administrativa que debe figurar como parte recurrida en ese procedimiento es la Junta de Planificación de Puerto Rico», reza el documento.
Por lo tanto, ahora le corresponde a la JP llegar a un acuerdo para determinar cuál será el reglamento que estará vigente para expedir permisos en la isla.
Aclara que la OGPe no es indispensable
Tras el Tribunal Supremo de Puerto Rico confirmar la nulidad del documento y concluir que la OGPe no tenía jurisdicción en la controversia, el planificador García Pelatti conversó con Microjuris.
García Pelatti comentó que la decisión determinó, específicamente, que la OGPe no es indispensable para la impugnación de su faz del Reglamento Conjunto de Permisos 2020.
Para García Pelatti es posible que la OGPe siga apelando la decisión, y en verano del 2023, la JP «sacará un nuevo reglamento, que tendrá las mismas o, incluso, peores deficiencias que los anteriores».
OGPe cambia de postura
Ante la determinación del Supremo, la OGPe anunció la detención de concesión de permisos. Sin embargo, luego cambiaron su postura, y determinaron que no hay paralización alguna como resultado de la decisión.
«Todos los trámites de la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) continúan llevándose a cabo sin interrupción. […] La OGPe le estará solicitando al Tribunal Supremo que reconsidere su decisión, por lo cual la misma aún no es final y firme», rezan las declaraciones del gobernador Pedro Pierluisi Urrutia.
No obstante, Pedro M. Cardona Roig, fundador de GET Global Consulting Puerto Rico, y mejor conocido como El Urbanista, aseguró que esta determinación del gobierno no se sostiene y lo correcto es determinar cuál sería el reglamento a utilizar tras la decisión del Supremo.
«La determinación va a tener que retractarse porque eso no se sostiene. Eso no quiere decir que los permisos quedan anulados o revocados. Hay que llevarlos por el trámite, y entonces, verlos», dijo en su portal.
Buscan evitar más litigios
La representante del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC), Mariana Nogales Molinelli, presentó una medida que propone ordenar que la JP y la OGPE se abstengan de continuar litigando ante los tribunales la validez del Reglamento Conjunto 2020, que entró en vigor el 2 de enero de 2021.
A su vez, la pieza legislativa dispone que se implementen de inmediato las medidas necesarias para habilitar la aplicación temporera del reglamento que entró en vigor el 29 de noviembre de 2010, conocido como Reglamento Conjunto 2010, Reglamento Núm. 7951.