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Aspectos que debes conocer si te aproximas a tomar la reválida federal

Repasa estos consejos.

Por Valeria Alicea Guzmán 

¿Te aproximas a tomar el examen de reválida federal? Si la respuesta es afirmativa, es importante que conozcas algunos aspectos que compartieron el licenciado Jorge Soltero Palés, quien está a cargo de administrar el examen, y la licenciada Ada García Rivera, quien es secretaria del Tribunal de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico.

El abogado Soltero Palés mencionó, en entrevista con Microjuris, que el propósito de la reválida del Tribunal federal para el Distrito de Puerto Rico es asegurarse que las abogadas y los abogados admitidos en el foro federal tienen el conocimiento básico de los derechos y las reglas que rigen los procesos.

«En el caso particular del Distrito de Puerto Rico, como por disposición de ley el idioma que se maneja en los tribunales es el inglés, pues la reválida también mide la capacidad de un abogado que pueda proveer representación legal adecuada en el idioma inglés, según lo requiere la sexta enmienda de la Constitución federal», agregó.

Soltero Palés indicó que, para ser admitido a practicar en el foro federal, se requiere que las personas sean de buen carácter personal y profesional y miembros activos con «good standing». También comentó que la persona debe estar autorizada a practicar la abogacía en el alto foro judicial estatal de cualquiera de los 50 estados de Estados Unidos, el Distrito de Columbia, Puerto Rico, Guam, Islas Vírgenes o Islas Marianas del Norte. 

«Si el abogado está admitido en una de esas jurisdicciones, cumple con ese requisito de elegibilidad. El abogado no puede estar ni desaforado ni suspendido en alguna jurisdicción en la que está admitido a practicar, y claramente obtener una nota de pase en la reválida federal», aseguró. 

Ahora bien, ¿cómo es el proceso para solicitar?

Según la licenciada Ada García Rivera, el proceso de solicitud para tomar la reválida está dispuesto en la regla local del tribunal, específicamente en la Regla 83C. Comentó que el primer paso es completar una solicitud que está disponible en www.prd.uscourts.gov.  

«La persona completa la solicitud en línea y tiene un término para someter copia de «good standing» de por lo menos una jurisdicción en la que la persona esté admitida a practicar el derecho, más el cargo del examen que son $100 que se puede pagar en la caja en efectivo, con tarjeta de crédito, con cheque o se puede enviar por correo», detalló. 

Asimismo, la abogada informó que la solicitud se puede entregar de forma física junto con el resto de documentos que requieren.  

¿Cómo es el examen?

García Rivera explicó que el examen incluye ocho materias de la práctica legal federal y contiene  50 preguntas. Destacó que las materias son Procedimiento civil federal, Evidencia, Jurisdicción federal, Procedimiento criminal federal, Reglas locales del tribunal, Práctica apelativa federal, Quiebras y Ética. Además, mencionó que hay una parte en la que usualmente a los candidatos y candidatas se les presentan dos opciones de preguntas de discusión.  

«El candidato escoge una. Esa pregunta no lleva nota, sino es pasa o no pasa. Es una pregunta en la que se le requiere al candidato que argumente sobre algún tema o sobre una posición», detalló la licenciada. 

Con relación a la pregunta de discusión, resaltó que se requiere una cantidad mínima de palabras y será evaluada por el Comité de la Reválida. El Comité evaluará solo las preguntas de discusión de las personas que aprueban la parte de selección múltiple. 

«Si el candidato sacó menos de la nota de pase, que es 66, la pregunta no se evalúa», aclaró, por su parte, Soltero Palés. 

Al recibir la nota, en caso de no aprobar el examen, la persona puede coordinar una cita para revisar el examen y tiene un término para someter un escrito ante el tribunal.  Hasta el momento, no existe límite sobre la cantidad de veces que una persona puede tomar el examen de la reválida federal. 

«Si la persona no pasa el examen puede pedir revisar su examen y pasar por un proceso de revisión, si lo desea y entiende que puede argumentar alguna de las contestaciones a las preguntas, y si no puede tomar el examen», reiteró García Rivera.

Mitos sobre el examen

Cuando se habla de la reválida federal, pueden surgir algunas creencias o comentarios que no son correctos. Por tanto, la licenciada García Rivera y el licenciado Soltero Palés detallaron algunos mitos sobre la reválida federal. 

Para pasar el examen de la reválida federal no hay que estudiar.

Definitivamente,  no es una realidad. Esta creencia puede surgir por la extensión del examen.  Como el examen no es tan largo, piensan que no hay que estudiar. Sin embargo, se debe dedicar tiempo al estudio adecuado del material. 

Hay que estudiar jurisprudencia de los tribunales federales.

El examen de reválida federal está basado exclusivamente en las disposiciones de las reglas. El candidato o la candidata  no va a encontrar preguntas de derecho que hayan sido resueltas por jurisprudencia.

Ojo. El licenciado mencionó que, cuando se enmienda alguna regla, se aprueban a finales de año. En diciembre, se emite un comunicado para informar sobre las reglas que han sido enmendadas. El examen que se administra  inmediatamente después de las enmiendas, en primavera, no incluye esas enmiendas. No obstante, el examen que se administra en otoño de ese año sí las incluye.

Se necesita un «Shakespearean English».

A algunas personas la pregunta de discusión les genera ansiedad.  El tribunal tiene un objetivo específico al momento de evaluar esa pregunta: Determinar si el abogado maneja el inglés para cumplir con la sexta enmienda de la Constitución federal. 

Contaron que el juez Daniel Domínguez tenía una frase bien colorida sobre este tema. Explicaron que el juez decía que no esperaba un «shakespearean english», sino que el candidato o la candidata pueda manejar el inglés para poder cumplir con ese requisito constitucional. Es decir, con el derecho constitucional de su cliente a una adecuada representación. 

Con tomar un curso de preparación es suficiente.

Aunque resaltaron que uno de los retos es que muchas personas no tienen mucho tiempo para estudiar, reconocieron que los cursos son una herramienta y no un sustituto al estudio y preparación para el examen. Los cursos preparativos proveen una guía del contenido del examen, pero requiere que la persona tome tiempo para estudiarlo y analizarlo. 

Recomendaciones

Con el fin de ayudar a quienes se preparan para la reválida federal, Microjuris solicitó algunas recomendaciones para el proceso de estudio y el día del examen. Soltero Palés y García Rivera compartieron los siguientes consejos:

Antes del examen

  1. Sacar tiempo para estudiar. 
  2. Estudiar las reglas. 
  3. Recordar que si las reglas se enmiendan a partir de diciembre, el examen que se da en la primavera no va a contener ese material enmendado, sino que lo añadirán al examen de otoño de ese año. 

El día del examen:

  1. Descansar y desayunar bien. 
  2. Llegar temprano al lugar donde se administra el examen. 
  3. Llevar un abrigo. 
  4. Recordar que el día del examen les proveerán materiales.
  5.  No olvidar llevar identificación con foto. 
  6. Responder en la parte escrita específicamente lo que se pregunta y  asumir una postura a favor o en contra basado en lo que se pide. 

Bono. A los estudiantes de derecho: Cuando escojan sus cursos, si les interesa en un futuro litigar a nivel federal o llevar algún tipo de práctica federal, es importante que aprovechen la oferta académica que provea la universidad sobre cursos de materia federal. 

¿Qué sucede al aprobar el examen?

Una vez el candidato o la candidata aprueba el examen no se les exige que sometan una solicitud de admisión inmediatamente. La licenciada García Rivera dijo que la persona debe completar una solicitud de admisión, que es un formulario más extenso que la solicitud del examen. 

«Tiene que someter un certificado de good standing de todas las jurisdicciones a las que esté admitida. […] Realizar el pago de la admisión que entiendo que es $200. Se trae al tribunal o se puede enviar por correo», manifestó. 

Asimismo, García Rivera compartió que, una vez esas solicitudes llegan al tribunal, un comité compuesto por abogados y abogadas se encarga de evaluarlas. «Ellos evalúan todas estas solicitudes y ellos podrían determinar si hay alguna necesidad o si se debe entrevistar a algún candidato. Una vez hacen su recomendación al tribunal, el tribunal acoge las recomendaciones». 

Por otro lado, Soltero Palés expresó que el tiempo que tarda el proceso va a depender del volumen de solicitudes que se reciban. Explicó que la frecuencia con la que realizan las juramentaciones depende de la cantidad de recomendaciones que el Comité de Admisiones devuelva al tribunal. 

«Nosotros no tenemos fechas marcadas específicas para hacer juramentaciones. Si la secretaría del tribunal tiene de 20 a 25 profesionales listos para ser juramentados, coordina con un juez que esté disponible, se señala la fecha y se le notifica a los candidatos con dos o tres semanas de anticipación», puntualizó. 

Para conocer más información puede acceder al siguiente enlace.

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