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La Cámara de Representantes dio paso a dos iniciativas legislativas para promover la actividad agrícola.
El Proyecto de la Cámara 1101 de la autoría de los representantes Jorge A. Rivera, el presidente Rafel Hernández; Domingo J. Torres y Orlando Aponte, propone crear una nueva ayuda económica o estímulo monetario para el pago de salarios a las personas que se dedican a la agricultura y no participen de programas de exención contributiva.
Curso: Transformación del derecho agrícola en Puerto Rico: Código Civil 2020
La pieza legislativa crea la Ley para crear Incentivos Salarial para Microagricultores y enmienda la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como el Código de Incentivos de Puerto Rico. Se propone definir el microagricultor como toda persona natural o jurídica que no ha reclamado deducciones, exenciones o beneficios provistos el Código y tenga menos de 10 empleados en su nómina.
Descarga el Proyetco de la Cámara 1101
La enmienda dispone que con efectividad del primero de enero de 2022 y renovable anualmente, se asignarán $20,000,000.00 del fondo general y en cumplimiento con la ley PROMESA. La nueva ayuda consistirá en la otorgación de la diferencia entre la garantía de salario mínimo de no menos de $5.25 y el nuevo salario mínimo estatal vigente desde enero de 2022 de $8.50 y, posteriormente la diferencia con el aumento del salario mínimo estatal en julio de 2023, de $9.50, por cada empleado contratado a tiempo completo o parcial.
Este estímulo monetario solo estará disponible para aquellas personas que se dedican a la agricultura, que no participan de programas de exenciones contributivas y que cumplan con los siguientes requisitos:
- Exista una tasa de desempleo mayor a un 9.5% en el municipio.
- Si es persona jurídica, que no tenga más de diez (10) empleados en su nómina.
- Si es una persona natural, si es una pareja, los ingresos anuales no pueden superar los cuarenta y dos mil ($42,000.00) dólares y si es un individuo, no pueden superar los veintiún mil ($21,000.00) dólares.
- Queda excluido el cultivo del cannabis o sus derivados.
De otra parte, el Proyecto de la Cámara 1426, de la autoría de los representantes Héctor E. Ferrer; Ramón L. Cruz; Jorge A. Rivera y; Orlando Aponte, propone crear la Ley para Reforzar la Compra y Producción de Productos Agrícolas Puertorriqueños con el propósito de que las agencias, instrumentalidades y municipios, adquieran la mayor cantidad posible de productos agrícolas puertorriqueños.
La medida establece política pública para que toda compra de alimentos realizada por parte del Gobierno de Puerto Rico o por parte de cualquier entidad pública o privada que reciba fondos públicos, con o sin fines de lucro, deberá dar preferencia a los productos agrícolas puertorriqueños. De no contar con la disponibilidad del o de los productos agrícolas puertorriqueños, el gobierno o la entidad compradora podrá auscultar otros suplidores y productos aun cuando estos no sean productos agrícolas puertorriqueños.
De igual forma, se establece que con el fin de llevar información cuantitativa y facilitar el proceso de ejecución, fiscalización y adquisición de productos agrícolas puertorriqueños el Secretario del Departamento de Agricultura preparará y mantendrá actualizado un Inventario de Productos Agrícolas Puertorriqueños.
Además, el Departamento de Agricultura y el Departamento de Hacienda, podrán suspender, revocar o derogar cualquier subvención, exención o beneficio a cualquier persona natural o jurídica, o entidad pública o privada que no cumpla con las disposiciones de esta ley. Igualmente podrán reducir o eliminar los beneficios concedidos a iniciativa propia o a solicitud de parte interesada, previa vista a tales efectos, cuando varíen las circunstancias que motivaron al Departamento de Agricultura o al Departamento de Hacienda a concederlos.
Ambas medidas legislativas pasan ahora a la consideración del Senado.