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Aprobaba nueva ley sobre resiliencia energética con impacto en la construcción

La nueva ley propuesta impacta el Código de Construcción de Puerto Rico.

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La Asamblea Legislativa aprobó durante el cierre de la sesión ordinaria, un proyecto que propone crear la Ley Especial para adelantar la Eficiencia y Resiliencia Energética para ordenar que en la revisión de los Códigos de Construcción de Puerto Rico se haga compulsorio que todos los edificios y viviendas privadas unifamiliares de nueva construcción provean la resistencia y dimensionamiento necesario para la instalación de un sistema de energía solar en sus techos.

Se trata del Proyecto de la Cámara 783 radicado por el representante Angel Fourquet Cordero y por el presidente, Rafael «Tatito» Hernández Montañez. La medida ordena a su vez a que se convierta en un requisito la instalación de dichos sistemas en los techos de nueva construcción.

La exposición de motivos plantea que el sistema eléctrico de Puerto Rico aún carece de una planificación ordenada que identifique las necesidades de modernización y de una integración de generación distribuida con fuentes de energía renovable que le provean flexibilidad, confiabilidad, resiliencia y eficiencia al sistema eléctrico.

Por tanto, esta Ley establecerá los requisitos para lograr estos objetivos, cónsono con el mandato que ordena la Ley 17-2019, conocida como la Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico.  La política pública energética actual dispone reducir hasta eventualmente eliminar el uso de combustibles fósiles para la generación de energía mediante la integración de energía renovable de forma ordenada y progresiva.

Algunos de los requisitos que se establecen mediante esta nueva ley:

  • Todos los edificios nuevos se construirán para acomodar la instalación de un sistema de energía solar en sus techos.
  •  La Oficina de Gerencia de Permisos desarrollará y adoptará enmiendas al Código de Construcción dentro del margen de los próximos tres (3) años a partir de la aprobación de esta Ley, y consultarán con científicos, ingenieros y sociedades profesionales con experiencia relevante en sistemas de energía solar y construcción de edificios. Además de celebrar al menos tres audiencias públicas, dos de ellas, fuera del área metropolitana.
  • En la medida necesaria, las enmiendas al Código de Construcción establecerán estándares separados para edificios residenciales y comerciales y para diferentes tipos de edificios y destinos.
  • La Oficina de Gerencia de Permisos también deberá considerar la inclusión de requisitos para: (1) orientación y ángulo del techo; (2) tipos de techo que sean compatibles con una estrategia de montaje de instalación solar que requiera penetraciones mínimas o nulas en el techo; y (3) un conducto para el cableado desde el techo hasta el panel eléctrico.
  • En el caso de los edificios públicos y proyectos de vivienda pública, todos deberán contar con un sistema de energía solar con almacenamiento.
  • Toda agencia y corporación pública del Poder Ejecutivo utilizará los techos hábiles de los edificios gubernamentales bajo su control para despliegue acelerado de sistemas fotovoltaicos, con almacenamiento de energía en lugares apropiados dentro de esas propiedades.

Este proyecto fue aprobado por el Senado el 25 de junio, último día  para la aprobación de medidas de la pasada Sesión Ordinaria.  Mientras que el 30 de junio, último día para sesionar, la Cámara acogió las enmiendas introducidas por Senado al texto de la medida, por lo que pasa ahora a la consideración del gobernador Pedro Pierluisi.

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