El gobernador Pedro Pierluisi Urrutia retiró ayer, viernes, 16 nombramientos que se iban a atender en la Sesión Extraordinaria autoconvocada por el Senado de Puerto Rico, incluyendo a Ángel Toledo López, quien fue nominado recientemente para dirigir el Departamento de Educación.
El presidente del Senado, José Luis Dalmau Santiago, había convocado el jueves 15, una Sesión Extraordinaria para atender varios nombramientos a diferentes posiciones, entre estos Brigadier General Miguel A. Méndez como Ayudante General del Gobierno de Puerto Rico y Agustín Montañez Allman, como Procurador del Veterano, para un nuevo término.
La convocatoria estaba amparada en la facultad que le otorgan las Secciones 6.1(i) y 21.3(b) del Reglamento del Senado.
De igual forma, se iba a considerar otros funcionarios, entre estos Jaime M. Núñez Acosta, como representante de los intereses de los patronos en la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo; Jaime F. Rivera Emmanuelli, como director ejecutivo de la Comisión de Juegos del Gobierno y María del Mar Ortíz Rivera como comisionada de la Junta de Comisionados para Promover la Uniformidad de Legislación en los Estados y Territorios de la Unión.
A su vez, se iba a considerar a Javier Figueroa Sosa, como comisionado en la Comisión de Practicaje; Hiram Pagani Díaz, como presidente de la Comisión Industrial; Ramón Cruz Alicea; Melissa Massheder Torres y Samuel Silva Rosas como comisionados de la Comisión Industrial; Alberto Castañer Padró e Iván López Báez como miembros en la Junta de Gobierno de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados; Lilliam Rodríguez Capó como miembro de la Junta de Directores de la Administración de Seguros de Salud y de René Acosta Benítez y Jorge Flores como miembros de la Junta de Directores de la Corporación para la Promoción de Puerto Rico como Destino.
Te explicamos
Las Sesiones Extraordinarias son las que se celebran en cualquier fecha de un año natural en la cual no se esté celebrando una Sesión Ordinaria. Estas sesiones podrán ser convocadas por el gobernador o por los presidentes de los cuerpos, según se dispone en la Constitución.
Según lo dispuesto en la Constitución del Gobierno de Puerto Rico, en su Artículo III, Sección 10 y Artículo IV, Sección 4, el Gobernador podrá convocar a la Asamblea Legislativa o al Senado, respectivamente, a una Sesión Extraordinaria, la cual no podrá extenderse por más de 20 días naturales.
En esta sesión solo podrán considerarse los asuntos, proyectos de ley y resoluciones conjuntas incluidas en la Convocatoria del gobernador o en un mensaje especial de éste enviado en el transcurso de la misma.
No obstante, las cámaras, en el ejercicio de sus funciones constitucionales e inherentes, también podrán considerar en tal Sesión cualquier expresión o asunto interno del Cuerpo, incluyendo aquellos nombramientos enviados por el gobernador y pendientes de aprobación por el Senado, utilizando para ello los procedimientos dispuestos en sus reglamentos.
- Sesiones Extraordinarias Convocadas por el presidente: El presidente podrá convocar al Senado a Sesión Extraordinaria para tratar asuntos urgentes que no sean proyectos de ley y resoluciones conjuntas. No se podrá
considerar ningún asunto que no esté expresamente incluido en dicha convocatoria. - Convocatorias y Citación: En las convocatorias para Sesiones Extraordinarias se expresarán el día y la hora en que dará comienzo dicha Sesión, así como una relación sucinta de los asuntos que se considerarán en la misma.
Será responsabilidad del sargento de armas tramitar inmediatamente la convocatoria citando a los senadores y senadoras por los medios más rápidos posibles y haciéndoles llegar copia de la misma.