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Juez declara «no ha lugar» a solicitud de desestimación de demanda por plan de pensiones universitario

Tribunal negó la solicitud hecha por la Junta de Gobierno UPR y ordenó reasignar el caso a sala civil para atender la demanda presentada por la Junta de Retiro UPR.

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El caso judicial iniciado por la Junta de Retiro de la Universidad de Puerto Rico (UPR) contra la Junta de Gobierno del centro académico y la administración universitaria para detener la implementación de un nuevo plan de aportaciones definidas que pondría en riesgo de insolvencia al actual Sistema de Retiro UPR finalmente será visto en una sala civil del Tribunal de Primera Instancia de San Juan luego que se declarara «no ha lugar» la solicitud de desestimación que había sido presentada por las partes demandadas.

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En una Resolución y Orden de 34 páginas, el juez Alfonso Martínez Piovanetti citó el Artículo 3 de la Ley de la UPR que dicta que «la facultad de la Junta de Gobierno de mantener un sistema de retiro en la UPR no se deberá interponer a los poderes de la Junta de Retiro».

Hizo referencia, de igual forma, a la sentencia emitida por el Tribunal de Apelaciones, el 30 de septiembre de 2020, que nombró a la Junta de Retiro UPR como fiduciaria del Sistema de Retiro UPR, lo cual supone que cualquier decisión de la Junta de Gobierno UPR con relación al Fideicomiso deberá contar con el aval de la Junta de Retiro UPR.

En cuanto a los argumentos de las partes demandas de que la Junta de Retiro UPR no tenía legitimación activa para llevar el caso y que el Tribunal no tenía jurisdicción para atenderlo, el juez también falló en contra al indicar que la Junta de Retiro UPR tiene legitimación activa debido a que se afecta directamente por la implementación del nuevo plan de pensiones.

Además, determinó que el Tribunal tiene jurisdicción debido a que las reclamaciones se basan enteramente en las leyes de Puerto Rico.

Aunque el nuevo plan de aportaciones definidas impulsado por la Junta de Gobierno UPR y la administración universitaria entró en vigor el pasado 1 de agosto y ya han ingresado a este 865 nuevos empleados, el juez manifestó que no entiende que exista posibilidad de que el caso se vuelva académico -como había argumentado la Junta de Gobierno UPR-, debido a que la Junta de Retiro UPR ha indicado que los daños causados son continuos.

El origen de este pleito fue en mayo de 2023 cuando la Junta de Retiro UPR presentó una demanda en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan para impugnar las intenciones de la Junta de Gobierno UPR de cerrar el plan de beneficios definidos del Sistema de Retiro UPR para nuevos participantes.

Esta reciente Resolución y Orden se da tras meses de argumentaciones en diferentes foros y tras una vista argumentativa celebrada ante Martínez Piovanetti el pasado 11 de abril.