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Senado aprueba legislación para incluir a alguaciles como servidores públicos de alto riesgo

El proyecto de ley destaca que los alguaciles desempeñan funciones esenciales para garantizar el funcionamiento seguro del sistema judicial, como lo son la protección de jueces, empleados y ciudadanos; la seguridad en las salas judiciales; la custodia de imputados y convictos; así como la ejecución de arrestos, citaciones, embargos y desalojos.
Resumen de puntos principales
  • Senado aprobó por unanimidad el Proyecto 1021 para incluir a los alguaciles de la Rama Judicial como servidores públicos de alto riesgo.
  • Permite retiro voluntario a los 55 años con 30 años de servicio y fija retiro obligatorio a los 62 años.
  • Busca equiparar beneficios y reconocer riesgos y adiestramientos similares; la medida pasa ahora a la Cámara de Representantes.

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El Senado de Puerto Rico en su Sesión Legislativa de ayer martes, 27 de mayo, aprobó por unanimidad el Proyecto del Senado 1021, con el propósito de enmendar la Ley del Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno para incluir a los alguaciles de la Rama Judicial dentro de la definición de «Servidores Públicos de Alto Riesgo».

La legislación, presentada por petición y radicada por el presidente senatorial, Thomas Rivera Schatz, junto a los senadores del Partido Nuevo Progresista (PNP) Héctor Joaquín Sánchez González, Rafael Santos Ortiz y Ángel Toledo López, dispone que los alguaciles judiciales puedan acogerse voluntariamente al retiro una vez alcancen los 55 años de edad y acumulen 30 años de servicio. 

La propuesta legislativa establece además en 62 años la edad de retiro obligatorio para los servidores públicos clasificados dentro de esa categoría.

Accede aquí al proyecto

Según se expone en la medida, mediante la Ley Núm. 447-1951 se reconoció como servidores públicos de alto riesgo a los miembros de la Policía Estatal y Municipal, a oficiales de custodia, y aquellos servidores que fungen como bomberos y superintendentes de instituciones correccionales, no obstante, en la misma no se contempla a los alguaciles de la Rama Judicial, pese a que éstos desempeñan funciones de seguridad y manejo de situaciones de riesgo similares.

El proyecto de ley destaca que los alguaciles tienen a su cargo labores esenciales para el funcionamiento seguro del sistema judicial, incluyendo la protección de jueces, empleados y ciudadanos; la seguridad en las salas judiciales; la custodia de imputados y convictos; así como la ejecución de arrestos, citaciones, embargos y desalojos.

Asimismo, señala que estos funcionarios deben cumplir con adiestramientos comparables a los de otros cuerpos de seguridad pública, incluyendo manejo de armas de fuego, control de multitudes y primeros auxilios, además de enfrentar situaciones de violencia y alto riesgo durante el desempeño de sus funciones.

La medida sostiene que la exclusión de los alguaciles de esta clasificación ha provocado un trato desigual en materia de retiro y compensación, situación que por años ha sido denunciada por organizaciones que representan a estos funcionarios judiciales.

Con la aprobación de esta pieza legislativa, el Senado busca reconocer el sacrificio y la aportación de los alguaciles al sistema de justicia, así como equiparar sus beneficios de retiro con otros servidores públicos que realizan funciones similares de seguridad y protección.

El proyecto pasará ahora a la consideración de la Cámara de Representantes.

Esta legislación retoma iniciativas similares impulsadas durante el pasado cuatrienio. Entre ellas, el Proyecto de la Cámara 1841, presentado por los representantes del Partido Popular Democrático (PPD), Domingo J. Torres García y Gretchen M. Hau Irizarry, que fue aprobado unánimemente sin enmiendas en la Cámara, aunque no recibió acción en el Senado.

Igualmente, el Proyecto del Senado 1308, radicado de manera tripartita por el entonces presidente senatorial José Luis Dalmau Santiago, el senador popular Ramón Ruiz Nieves, el senador independiente José Vargas Vidot y el senador por el PNP Gregorio Matías Rosario, el cual logró ser aprobado unánimemente en ambos cuerpos legislativos, aunque finalmente no fue remitido a La Fortaleza para evaluación ejecutiva.