Ley de Puerto Rico

Enmiendas al Código Civil

Crea la figura de mandato denominado Poder Duradero, que mediante una cláusula por escrito se mantiene subsistente y válido después del poderdante quedar incapacitado judicial o extra judicialmente, para salvaguardar de venta la residencia del mandante.

Dispone que el mandado termina por la incapacidad del mandante de administrar sus bienes, a menos que se haya otorgado un Poder Duradero.

Lea la Ley completa: [Ley Núm. 25-2012] del 18 de enero de 2012.

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