Ley de Puerto Rico

Se crea Junta de Directores que regirá la Autoridad de Carreteras y Transportación

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Enmienda la Ley de la Autoridad de Carreteras y Transportación. Crea la Junta de Directores de la ACT.

La Ley Núm. 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada, crea la Autoridad de Carreteras y Transportación (la “Autoridad”). La Autoridad se constituyó jurídicamente como una corporación pública con el propósito de brindarle al pueblo carreteras y medios de transportación de calidad, facilitar el movimiento de vehículos y personas, aliviar en todo lo posible los peligros e inconvenientes que trae la congestión en las carreteras del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, afrontar la creciente demanda por mayores y mejores facilidades de tránsito o de transportación que el crecimiento de la economía de Puerto Rico conlleva y contribuir al desarrollo e implantación del Plan de Transportación.

Mediante la Ley 207-2000, la Asamblea Legislativa enmendó la Ley Núm. 74, suprimió la existencia de la Junta de Gobierno y le otorgó, de manera exclusiva, los ejercicios de poderes y deberes de la Autoridad al Secretario de Transportación y Obras Públicas.

Cumpliendo con el interés de poner en orden las finanzas de nuestras corporaciones públicas y fomentando la transparencia del servicio público, entendemos imperativo que se establezca una Junta de Directores que ejerza los poderes y deberes de la Autoridad, y determine la política pública de ésta, conforme a los propósitos esbozados en la Ley Núm. 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada.

 

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