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[DOCUMENTOS] Cámara aprueba proyecto que prohíbe discrimen en el empleo por resultar culpable de un delito

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La Cámara de Representantes en el día de ayer martes, 19 de mayo de 2020, aprobó el Proyecto del Senado 992 que propone crear la Ley contra el discrimen en el empleo por razón de haber resultado culpable de un delito.

La medida, de la autoría de los senadores Miguel Romero Lugo y José Vargas Vidot establece como política pública reducir las barreras del empleo a personas que, luego de haber sido procesadas criminalmente, han cumplido con sus resoluciones, sentencias y procesos de rehabilitación.

Los autores de la medida aseguran que aumentar las oportunidades de empleo a personas con pasado delictivo y prohibir el discrimen contra este grupo reducirá la reincidencia y mejorará la estabilidad económica de nuestras comunidades.

La medida, que había sido incluida en el Calendario de Ordenes Especiales para la sesión ordinaria, quedó en asuntos pendientes.

El proyecto establece que ningún patrono podrá inquirir sobre el historial delictivo de un aspirante durante una solicitud o formulario de solicitud de empleo o un proceso de reclutamiento o consideración de empleo hasta tanto se extienda una oferta condicional de empleo.

Posterior a la oferta condicional de empleo, el patrono podrá solicitar el certificado de antecedentes penales y podrá inquirir sobre el historial delictivo del aspirante que se relacione directamente al empleo. Para determinar el historial delictivo del aspirante que se relaciona directamente al empleo, el patrono considerará si dicho historial se relaciona directamente con los deberes y responsabilidades de la posición de empleo.

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Por último, si luego de considerar los deberes y responsabilidades de la posición de empleo, el patrono concluye que el historial delictivo del aspirante se relaciona directamente al empleo, previo a rechazar al aspirante, el patrono deberá considerar:

(1) El tiempo que ha transcurrido desde que los actos que llevaron a la convicción ocurrieron

(2) Naturaleza y severidad de la ofensa

(3) La edad del solicitante al momento de cometer el delito

(4) Las circunstancia bajo las cuales se cometió el delito, incluyendo circunstancias atenuantes y particulares

Según exponen los autores, a través de esta legislación se establecen las acciones afirmativas necesarias para desalentar el discrimen laboral por haber resultado culpable de un delito, haciendo cambios específicos a las leyes vigentes como: incluir la causal de haber resultado culpable de un delito en a Ley Núm. 100 de 30 de junio de 1959, según enmendada y  la Ley  8-2017, conocida como Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico a los fines de prohibir el discrimen en el empleo por haber resultado culpable de un delito.

Además, enmienda la Ley Núm. 254 de 27 de julio de 1974, según enmendada, para reducir los términos para eliminar delitos del certificado de antecedentes penales.

En su exposición de motivos, el proyecto de ley explica que las personas condenadas que salen de prisión tienen graves dificultades para reincorporarse al mercado laboral. Afirman que en Estados Unidos está criminológicamente demostrado que el hecho de tener antecedentes penales aumenta por sí mismo la dificultad de acceder al mercado laboral.

Además, la medida destaca que en Puerto Rico el desempleo es uno de los principales síntomas de los problemas estructurales de la economía y un factor que influye negativamente en la calidad de vida.

Dada la importancia que tiene el empleo para el abandono de la delincuencia, se cree que si las personas que fueron privadas de libertad no obtienen un trabajo legítimo, tienen más probabilidades de reincidir.

La medida que había sido aprobada por el Senado de Puerto Rico el 25 de junio de 2019 y que contó con un informe positivo de la Comisión de Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes desde el mes de diciembre del pasado año, se encontraba aún pendiente de aprobación, y en el día de ayer durante su sesión ordinaria fue aprobada por unanimidad con enmiendas de sala.

Corresponde ahora al Senado concurrir con las enmiendas hechas en la Cámara Alta.

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