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Apelaciones no permite prueba adicional en impugnación electoral de San Juan

El Tribunal de Apelaciones no permitió la presentación de prueba adicional que solicitó el licenciado Manuel Natal Albelo en el pleito sobre la impugnación electoral en San Juan.

Descarga la determinación del Tribunal de Apelaciones

«No podemos obviar que el pleito tuvo su origen el 14 de enero de 2021 y que la orden para presentar la evidencia fue emitida por el [Tribunal de Primera Instancia] el 4 de marzo. Por lo que transcurrió un término de 45 días -hasta el 8 de marzo- lo que constituyó, sin duda alguna, un plazo suficiente para que el señor Natal Albelo estuviese preparado adecuadamente para el juicio señalado para comenzar el 11 de marzo», puntualizó el panel del Tribunal de Apelaciones.

El panel del Tribunal de Apelaciones que tomó la determinación estuvo compuesto por la jueza Eileen J. Barresi Ramos, la jueza Grisel M. Santiago Calderón y el juez presidente Waldemar Rivera Torres.

«La Regla 34.3 de Procedimiento Civil, en su inciso (b)(2), 32 LPRA Ap. V, R. 34.3 (b)(2), faculta al tribunal de primera instancia a prohibir la presentación de determinada evidencia si la parte interesada en presentarla incumplió con la orden del tribunal referente al descubrimiento de prueba«, sostuvo el panel del Tribunal de Apelaciones.

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