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Supremo vuelve a rechazar petición para audios de vistas de Andrea Ruiz

La jueza presidenta Hon. Maite Oronoz, y los jueces asociados Hon. Luis Estrella y Hon. Ángel Colón realizaron expresiones disidentes.

Por María Soledad Dávila Calero

A pocos días de haber denegado la petición de certiorari de la Asociación de Periodistas de Puerto Rico (ASPPRO), el Tribunal Supremo de Puerto Rico denegó la segunda reconsideración y petición de vista oral del Overseas Press Club (OPC) para tener acceso a las grabaciones de las vistas criminales en la sala de violencia doméstica en Caguas en las que Andrea Ruiz Costas presentó denuncias contra Miguel Ocasio Santiago, quien es ahora el asesino confeso de Ruiz Costas.

Descarga la resolución del Tribunal Supremo

La controversia sobre las grabaciones surge luego que saliera a relucir que Ruiz Costas había solicitado órdenes de protección en contra de Ocasio Santiago que fueron denegadas por las juezas Ingrid Alvarado Rodríguez y Sonya Nieves. Luego fue divulgado un mensaje de voz a través de Noticel en el que Ruiz Costas describe su experiencia ante la jueza Alvarado Rodríguez.

En la decisión cinco a tres del 10 de mayo de la denegación para certiorari de la ASPPRO, la mayoría del tribunal insistieron en la confidencialidad de los procesos de la sala de violencia doméstica y en que buscaban proteger a la víctima.

La decisión lee, «concluimos que los procesos en las salas de violencia doméstica son de naturaleza sensible que requieren por ley de un acceso controlado y, por ello, no son compatibles con la posibilidad de que posteriormente la grabación se haga pública, aunque sea de manera suprimida o limitada, independientemente de quién lo solicite».

Por su parte, la jueza presidenta del Tribunal Supremo, Maite Oronoz, en documento denegado la reconsideración de la OPC, volvió a emitir expresiones disidentes a la mayoría, en la que pide se le de prioridad de acceso a la familia de Ruiz Costas.

«Mi postura es que las grabaciones solicitadas se deben divulgar. Así lo manifesté tanto en el Voto Particular Disidente que emití para este caso, como en la Opinión Disidente que emití en Pueblo y. Miguel Ocasio Santiago, CT -2021-08», lee la expresión de la jueza presidenta.

Continúa, «Allí́ expresé además que las grabaciones se debían divulgar a la familia de Andrea Ruiz Costas antes que al resto del público. Lo anterior, para darle oportunidad a la familia de alertar sobre cualquier objeción a su contenido. Por eso, y dada la importancia de escuchar la posición de todas las partes interesadas, hubiese concedido la vista oral que solicitó la parte peticionaria».

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