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Proyecto sobre gasto tributario impactaría el presupuesto general

El Senado votará hoy por el proyecto.

A la parte con la discusión legislativa del nuevo presupuesto, el Senado estará considerando hoy, lunes, la aprobación de una nueva Ley del Presupuesto de Gasto Tributario de Puerto Rico para crear el Informe Anual del Gasto Tributario del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el Registro Público Oficial de Gastos Tributarios y el Análisis de Retorno de Inversión y Rendimiento Fiscal.

Con esta medida se busca identificar y evaluar todo tipo de privilegio, incentivo contributivo o gasto tributario en el proceso de elaboración del presupuesto general.

Monitorea el Capitolio

El Proyecto del Senado 206, de la autoría del senador Juan Zaragoza, reconoce que la Rama Ejecutiva y la Legislativa llevan a cabo la evaluación y aprobación del presupuesto general sin tomar en consideración uno de los gastos de mayor impacto en el erario público: el gasto tributario.

El gasto tributario es definido como el ingreso que el gobierno deja de recibir como consecuencia de la concesión de créditos contributivos, tasas contributivas preferenciales, exenciones y deducciones, entre otros impuestos condonados mediante legislación.

Se afirma que actualmente 44 de los 50 estados desarrollan un informe oficial o presupuesto de gasto tributario

El autor de la medida también indica que para poner en perspectiva la magnitud de este gasto debe considerarse que en el 2016 el Departamento de Hacienda comisionó un informe para conocer por primera vez el gasto tributario del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

De ese análisis surgió que, para el año contributivo 2017, este gasto representó cerca de $20,000 millones. Ese mismo año, el Ingreso Neto al Fondo General, rondaba los $9,300 millones. En otras palabras, el gasto tributario era más del doble del Ingreso Neto al Fondo General para ese año.

El proyecto legislativo declara como política pública la creación del referido Registro Público Oficial de Gastos Tributarios y un Informe Anual del Gasto Tributario para fomentar la toma de decisiones fiscales responsables y efectivas que resulten en el mejor uso y desempeño del gasto público.

Descarga la versión final del PS 206

El Registro Público de Gastos Tributarios:

  •  será de carácter público
  • estará accesible a través de la página electrónica del Departamento de Hacienda
  • deberá estar en cumplimiento con los Estándares de Datos Abiertos
  • incluirá toda la información contenida en el Informe Anual del Gasto Tributario
  • deberá ser actualizado continuamente y tan pronto la información esté disponible deberá ser procesada e incluida en el Registro Público Oficial de Gastos Tributarios (incluso antes de que se publique en el Informe Anual del Gasto Tributario)

El Informe Anual del Gasto Tributario deberá:

  • enumerar cada gasto tributario
  • identificar la autoridad estatutaria para cada gasto tributario y el año en que fue promulgada
  • describir el propósito de cada gasto tributario
  • especificar el punto de referencia (benchmark) para calcular los gastos tributarios (los gastos tributarios se definen y se miden como desviaciones de este punto de referencia)
  • identificar la cantidad de pérdida de ingresos durante el año en cuestión por cada gasto tributario o un estimado si la cantidad real no puede ser determinada
  • estimar la cantidad de pérdida de ingresos ocasionada por cada gasto tributario para el próximo año

Tanto el Informe Anual del Gasto Tributario como el Registro Público Oficial de Gastos Tributarios deberán estar disponible en la página electrónica del Departamento de Hacienda para que todo ciudadano pueda revisarlos y analizarlos.

De igual manera, el Departamento de Hacienda deberá someter copia del Informe Anual del Gasto Tributario al Gobernador y a las Secretarías de ambos Cuerpos Legislativos. 

Impacto en el proceso presupuestario

La medida establece que, el Gobernador de Puerto Rico, durante el período de preparación del Presupuesto Gubernamental, y antes de su radicación ante la Asamblea Legislativa, deberá examinar y tomar en consideración el Informe Anual del Gasto Tributario rendido por el Departamento de Hacienda para realizar los cambios o revisiones necesarios en programas, políticas públicas y en detalles específicos del Informe de Gastos Tributarios, que estime necesario.

Como parte de su comparecencia ante la Asamblea Legislativa y sus respectivas Comisiones de Hacienda en torno al Presupuesto Gubernamental, el Departamento de Hacienda deberá presentar un resumen de las recomendaciones del Gobernador en relación a la evaluación preliminar del Informe Anual del Gasto Tributario.

La Asamblea Legislativa utilizará el Informe Anual del Gasto Tributario y las recomendaciones del Departamento de Hacienda en el proceso de aprobación del Presupuesto Gubernamental.

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