La representante Lisie Burgos Muñiz presentó el Proyecto de la Cámara 953, que crea la ley de la licencia especial para acudir a realizarse pruebas del COVID-19.
El proyecto dispone que todo patrono tendrá que otorgar una licencia especial de tres horas laborables semanales, con paga y sin descuento de las licencias de vacaciones o de enfermedad, para las personas empleadas que estén obligadas a realizarse pruebas semanales para la detección del virus por disposición legal, orden ejecutiva o por instrucción del patrono.
La medida define como «empleado» a cualquier persona que preste servicios a cambio de salarios, o cualquier tipo de remuneración, mediante un contrato oral, escrito, explícito o implícito.
La licencia, según explica la medida, solo podrá ser utilizada para acudir a realizarse una prueba para detectar el COVID-19 y/o para visitar una oficina médica con el propósito de obtener una orden médica a tales fines.
Las horas que la persona empleada utilice consumiendo la licencia especial serán consideradas horas trabajadas para los fines de acumulación de licencia de vacaciones, licencia de enfermedad y cualquier otra licencia o beneficios establecidos por ley, reglamento o contrato.
Para acreditar el buen uso de la licencia, la persona empleada que haga uso de la licencia especial estará obligada a presentar a su patrono el resultado de la prueba o la copia de la orden medica expedida a tales efectos.
La medida se encuentra ante la Comisión de Asuntos Laborales y Transformación del Sistema de Pensiones para un Retiro Digno de la Cámara de Representantes, que preside Domingo Torres García.


