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Nula la Ley 41-2022, ¿y ahora qué?

El abogado laboral Luis Pérez Giusti de Adsuar Muñiz Goyco Seda & Perez-Ochoa, P.S.C., habló con Microjuris sobre el tema.

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Por Paola Arroyo Guzmán

La decisión de la jueza Laura Taylor Swain de declarar nula la Ley Núm. 41-2022, mejor conocida como la nueva «Reforma Laboral», ha traído muchísimas dudas en el sector laboral del país.

El abogado laboral Luis Pérez Giusti de Adsuar Muñiz Goyco Seda & Perez-Ochoa, P.S.C., habló con Microjuris sobre el tema, quien subrayó en la recomendación a los patronos de «no hacer nada todavía» hasta tanto no se dilucide el caso que estaría llevando el gobierno para apelar la decisión ante el Tribunal Supremo federal.

«Hasta que la apelación no se resuelva, y esa controversia no sea final y firme, el estado de derecho es el que estaba antes de la decisión. Eso no ha cambiado porque la decisión todavía puede ser apelada. Esa es la recomendación que nosotros discutimos internamente», sostuvo.  

La Reforma Laboral buscaba restituir y ampliar los derechos laborales aplicables a las y los trabajadores de la empresa privada que se habían perdido cuando se aprobó la Ley 4 del 2017, mejor conocida como la Ley de Transformación y Flexibilidad Laboral.

«Esto crea una incertidumbre en los patronos, y entre los empleados, bien fuerte. Muchos patronos deben tener una estabilidad para considerar su operación», dijo el licenciado.

Recobrar, un asunto «poco justo»

Una de las grandes dudas, actualmente, son los pagos efectuados por concepto del Bono de Navidad bajo la Ley Núm. 41-2022. Ante esto,  Pérez Giusti  aseguró que «en teoría» se puede recobrar.

«Pero, mi recomendación a todos mis clientes es que se olviden de eso. Primero, porque creo que no es justo. Uno tiene que ver el lado humano de la situación», agregó el abogado.

Aseguró, a su vez, que los empleados recibieron una beneficio bajo el estado de derecho vigente, y no es considerable pedirle ese dinero de vuelta.

Al mismo tiempo, explicó que el mercado laboral actualmente es muy competitivo, y el patrono debe tener eso es consideración porque las medidas podrían ser consideradas atípicas. 

«No he escuchado a ninguno de mis clientes que hayan a establecer esa medida», indicó.

DTRH toma acción

Recientemente, el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) se expresó sobre el efecto de la nulidad «ab initio» de la Ley Núm. 41-2022, mejor conocida como la «Nueva Reforma Laboral», y aseguró que atenderá preguntas de patronos y personas empleadas mediante correo electrónico.

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«Es recomendable que se consulte con un abogado laboral previo a tomar alguna determinación en reacción al dictamen del Tribunal Federal decretando nula ab initio la Ley Núm. 41-2022. El DTRH está disponible para atender consultas sobre controversias que puedan surgir hasta que tengamos un panorama claro sobre la decisión que motiva esta Opinión. Somos conscientes que estas controversias deben ser evaluadas caso a caso ante las particularidades operacionales de cada patrono», sostiene la opinión del DTRH firmada por el secretario Gabriel Maldonado González.

El secretario del DTRH, Maldonado González dijo también que existe la posibilidad de que el Tribunal Federal modifique su orden para reconocer que la Ley Núm. 41-2022 estuvo vigente hasta la notificación de la orden judicial.

Sobre esta acción del DTRH, al licenciado le parece muy importante «aclarar las reglas del juego» en materia laboral, incluso aclaró que el gobierno no puede hacer mucho más de lo que ya ha hecho tras la anulación de la Ley 41-2022.

De igual forma, catalogó la postura de Maldonado González como «correcta».

Para el abogado, cambiar las reglas nuevamente para el sector laboral podría tienen efectos imprevisibles, y podrían dar lugar a la rotación de personal y a dificultades para atraer buenos candidatos.

Ojo. Existen múltiples interpretaciones sobre este asunto y no necesariamente coinciden con las expresiones publicadas en esta nota. 

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