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Desde el pasado sábado, 1ro de julio de 2023, comenzó el incremento al salario mínimo en Puerto Rico, en su segunda fase, aumentando a $9.50.
El secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos(DTRH), Gabriel Maldonado González, instó a todos los patronos a cumplir con las disposiciones de la Ley de Salario Mínimo.
El aumento decretado por la Ley 47 del 2021 aplica a todos los trabajadores cobijados bajo la Ley Federal de Normas Razonables del Trabajo (Fair Labor Standards Act).
Sin embargo, este aumento no aplica a empleados o empleadas:
- agrícolas
- municipales
- gobierno federal
- ramas Ejecutiva, Legislativa y Judicial.
Tampoco aplica a administradores, ejecutivos o profesionales del sector privado, entre otras excepciones. Los patronos que incumplan con el aumento, se exponen a penalidades y otros remedios legales disponibles.
Otros aumentos
De igual forma, debes tener en consideración la «Ley de Salario Mínimo para los Profesionales de la Enfermería», o Ley Núm. 27 de 20 de julio de 2005, enmendada por la Ley Núm. 137 – 2020.
«Los patronos, podrán implementar los salarios dispuestos en el presente Artículo mediante un periodo escalonado de transición que se podrá extender por dieciocho (18) meses, disponiéndose que en julio del 2023, todo el personal de enfermería en el servicio privado deberá estar ubicado en la escala correspondiente», reza la ley.
Los aumentos son los siguientes:
- Personal de enfermería práctica sin experiencia: $1,750.00
- Personal de enfermería práctica con experiencia: $2,000.00
- Personal de enfermería asociada sin experiencia: $ 2,250.00
- Personal de enfermería asociada con experiencia: $2,500.00
- Personal de enfermería generalista sin experiencia: $2,750.00
- Personal de enfermería generalista con experiencia: $3,000.00
Cumplimiento con el PWFA
En entrevista con Microjuris, Maldonado González de igual forma, exhortó a los patrono, profesional del derecho y recursos humanos a cumplir con la Ley de Equidad Para Trabajadoras Embarazadas (PWFA, en inglés).
«Ahora por complicaciones que puedan surgir como parte de un embarazo o luego del parto, el patrono a quien le aplique la ley, estaría obligado a otorgar un acomodo razonable a la trabajadora».
La Ley de Equidad Para Trabajadoras Embarazadas (PWFA, en inglés) es una nueva ley que requiere que los empleadores proporcionen «acomodos razonables» a una trabajadora debido a su embarazo, parto o condiciones médicas relacionadas, a menos que el acomodo le cause al empleador una «dificultad excesiva».
El PWFA se aplica solo a los acomodos razonables. Las leyes existentes que la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, en inglés) hace cumplir hacen que sea ilegal despedir o discriminar a las trabajadoras por motivos de embarazo, parto o condiciones médicas relacionadas.
El PWFA entró en vigencia el 27 de junio del 2023.
«Nosotros en el Departamento del Trabajo de Puerto Rico tenemos lo que se conoce como la unidad de discrimen, que hace lo mismo que la EEOC. Acá tenemos un acuerdo colaborativo con la EEOC», sostuvo el funcionario, quien indicó que el Departamento del Trabajo está listo para orientar a los patronos.
«Ya llevamos tiempo con esta ley aprobada y poco a poco se han ido orientando como con cualquier otra ley de materia laboral.



