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¿Cuánto de política puedo hablar en mi empleo?

¿Sabías esto?

¡El 2024 se acerca y queremos que conozcas tus derechos y obligaciones!

Por eso, en una edición especial del podcast de Microjuris, conversamos con la licenciada Natalia Alexa Colón sobre si se puede o no hablar de política en el empleo.

La licenciada Colón explicó que lo primero que hay que evaluar es la diferencia entre la afiliación política, la ideología política y la expresión política de las personas trabajadoras.

La abogada explicó que la afiliación política está protegida en el sector público local por la Carta de Derechos de la Constitución de Puerto Rico y en el sector privado está protegida por la Ley Núm. 100 de 30 de junio de 1959, que prohíbe el discrimen en el empleo.

En cuando a la ideología política, Colón aclaró que es un concepto mucho más abarcador porque puede ser un sistema de creencias sobre un tema que se reconoce como político. Uno de los más evidentes en estos días es lo relacionado a la protección medioambiental, sostuvo la abogada.

La expresión política puede ser una verbalización sobre una ideología o afiliación, o puede estar hasta en el lenguaje no verbal, la vestimenta o ciertos símbolos .

En el contexto del trabajo, la abogada sostuvo que hay que prestar atención a este tipo de expresiones para determinar de qué forma se puede o no regular para evitar interrupciones en el empleo.

Sector privado

En el sector privado, las empresas pueden establecer restricciones razonables sobre las actividades políticas. El sector privado no tiene que permitir una participación activa en el espacio o turno de trabajo.

«Los hechos van a determinar qué se puede y qué no se puede hacer. No es lo mismo que tú hagas eso [acción o expresión política-partidista] cuando terminaste tu turno de trabajo y tienes los banderines en el baúl y fuiste donde tus compañeros en el estacionamiento a darle banderín, versus que lo haga en el contexto del empleo, en el horario de trabajo», explicó.

Lo más importante, a palabras de la abogada, es que haya una política claramente definida y diseñada. Por ejemplo, que pueda decir no se pueden interrumpir las operaciones para estar hablando de asuntos que no están atados al rol o función de la persona en la empresa.

La abogada sostuvo que, a partir de la Ley de Acoso Laboral de 2020, también podríamos ver que se origine una queja, en alguna oficina de Recursos Humanos, por acoso laboral tras palabras que se podrían determinarse como expresiones política relacionadas a temas sociales, como podría ser el derecho al aborto en Puerto Rico.

Ojo con la limitación

La abogada explicó que la expresión política de dos empleados o más podría ser una expresión protegida por la Ley Nacional de Relaciones Laborales (NLRA, en inglés), que protege las expresiones políticas de empleados que en común o concierto acuerdo estén procurando ayuda mutua y hagan expresiones políticas a favor de candidaturas que promueven políticas empresariales más flexibles para los trabajadores y las trabajadoras.

¿Qué pasa cuando se promueve que los trabajadores voten o participen electoral de determinada manera? Escucha la conversación completa aquí.

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