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Se extiende vigencia hasta el 1 de enero de 2020 del reglamento para asignación de abogados de oficio

Mediante la resolución de 6 de mayo de 2019, ER-2018-04A, el Tribunal Supremo dispuso que el Reglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio de Puerto Rico ahora entrará en vigor el 1 de enero de 2020. Además, se pospuso la efectividad de las enmiendas a la Regla 9 del Reglamento del Tribunal Supremo de Puerto Rico y a la Regla 36 del Reglamento del Programa de Educación Jurídica Continua, aprobadas mediante Resolución de 12 de octubre de 2018, ER-2018-04.

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A esos efectos, la declaración inicial requerida por el nuevo Reglamento se debe presentar durante el periodo de 45 días previo a que este entre en vigor. Es decir, que los abogados y abogadas tendrán desde el 17 de noviembre de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019 para realizar este trámite. Asimismo, contarán con un plazo adicional para prestar las horas de servicio pro bono que pueden reputar al solicitar la exención que se consigna en la Regla 7(b)(1) del Reglamento.

Exhortamos a que se mantengan pendientes a las publicaciones en las redes sociales y el portal de la Rama Judicial en torno a las orientaciones que se ofrecerán sobre la implementación del Reglamento. De igual forma, invitamos visitar el portal de la Rama Judicial en http://www.ramajudicial.pr/info-para/abog-oficio-index.htm para acceder al Reglamento, documentos de referencia y material educativo relacionado.