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Caso sobre constitucionalidad de reválida continuará en noviembre

Se atenderán algunos argumentos de los amigos de la corte.

El caso que presentó una exalumna de la Escuela de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico (PUCPR), cuestionando la constitucionalidad de los seis intentos para tomar la reválida para ejercer la abogacía, continuará en en noviembre.

La exalumna es Marilyn Navarro-Colón, de 55 años, quien obtuvo su título de Juris Doctor con honores en el 2001. La demanda radicada en el Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico plantea la regla que solo permite seis oportunidades para tomar el examen de reválida está privando a Navarro-Colón de su derecho de propiedad y libertad para ejercer la profesión.

El abogado German Brau, que representa a Navarro-Colón,  tendrá hasta el 10 de noviembre de 2021 para contestar algunas preguntas que quedaron pendientes en la vista del 10 de septiembre y explicar por qué el caso requiere el testimonio de una persona experta en exámenes de reválidas.

La parte demandante —compuesta por el director ejecutivo de la Junta Examinadora de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría, Héctor Rodríguez Mulet, y la jueza presidenta del Tribunal Supremo de Puerto Rico, Maite Oronoz Rodríguez— deberá responder antes del 24 de noviembre de 2021.

En la vista del 10 de septiembre se plantearon asuntos de derecho, incluyendo ciertos detalles en los escritos de los amigos de la corte en el caso.

Dos de los amigos de la corte que se presentaron el 10 de septiembre fueron la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico y la Escuela de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico.

Esto ocurrió luego que el 25 de junio de 2021, el juez Francisco Bebosa le ordenó a las tres escuelas de derecho en Puerto Rico que se presentaran como amigas de la corte y comentaran la controversia.

La Escuela de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico presentó el 2 de agosto su recurso como amiga de corte y solicitó que se revelara el estudio sobre estándares que encargó la Oficina de Administración de Tribunales (OAT).

«Nos unimos a la demandante en la solicitud de que este Honorable Tribunal emita una sentencia declaratoria que establezca que los procedimientos utilizados por la Junta Examinadora para corregir, calificar y calibrar la reválida son arbitrarios», planteó la Escuela de Derecho de la PUCPR en su recurso ante el tribunal.

La abogada Elisabet García y el abogado José Cintrón representaron a los demandados en el caso.

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La regla que establece los seis intentos es la 5.8.1 del Reglamento para la Admisión al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría

«Luego de que un aspirante haya recibido una calificación de no aprobado en el examen de Reválida General o en el de Reválida Notarial en seis (6) ocasiones distintas, contadas a partir de septiembre de 1983, no podrá ser admitido posteriormente a tomar cualquiera de dichos exámenes de reválida», plantea la regla 5.8.1.

¿Cómo está constituida la Junta Examinadora de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría?