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El Senado tiene ante su consideración una propuesta para crear la Ley para crear la Licencia Especial para Voluntarios y Líderes Comunitarios que busca incentivar de una manera costo efectiva la continuidad de la existencia del Tercer Sector y permitir el reclutamiento y participación de voluntarios.
El Proyecto del Senado 1163, de la autoría del senador William Villafañe Ramos, dispone que todo empleado público de la Rama Ejecutiva tendrá derecho a una acumulación máxima de 1 día al año por licencia especial para voluntarios y líderes comunitarios. El tiempo de la licencia especial concedido en esta Ley se computará a razón de un 1 día regular de trabajo.
Esta Ley aplicará únicamente a los empleados de la Rama Ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico.
La pieza legislativa señala que las organizaciones sin fines de lucro realizan labores que el Gobierno está impedido de realizar e impacta a comunidades en las cuales las agencias gubernamentales no son efectivas en el ofrecimiento de servicios.
Para el año 2020 se estimó que 734,739 personas brindaban tiempo voluntario a entidades sin fines de lucro. Estos voluntarios representan una cantidad de 45,052 empleos a tiempo completo, lo que representaría para el Gobierno de Puerto Rico un costo de $1,231 millones de dólares solamente en salarios si fuese este último quien proveyese todos estos servicios.
Conoce la propuesta para la nueva Ley Especial para Voluntarios y Líderes Comunitarios
El autor de la medida enfatiza en los últimos años las organizaciones sin fines de lucro han reportado un 61% en cambios en la naturaleza de la demanda en las necesidades que enfrentan las poblaciones a las que les prestan servicios. Por lo cual, las organizaciones han tenido que diversificar o incluir nuevas áreas de servicios, establecer alianzas con otras entidades para referidos de servicios, aumentar la cantidad de servicios que proveen, y en especial buscar alternativas para reclutar más voluntarios. Se destaca que la pandemia del COVID-19 ha tenido repercusiones sumamente negativas que han dificultado el reclutamiento de voluntarios y ha aumentado la fuga de personal, esto, sin contar la reducción en las fuentes de ingresos en un 45.6%.
Se establecen criterios para la autorización de la licencia propuesta. El empleado público de la Rama Ejecutiva tendrá que cumplir con los siguientes requisitos:
- Haber trabajado un mínimo de ciento treinta (130) horas mensuales durante el período de un año;
- Su comparecencia ha sido requerida por alguna entidad gubernamental, la cual debe ser distinta a la entidad para la cual labora; o por alguna organización sin fines de lucro o comunidad de la que es voluntario o líder.
- Pueda proveer documentación oficial que acredite su participación en la organización sin fines de lucro.
El proyecto de ley se encuentra actualmente bajo la consideración de la Comisión de Iniciativas Comunitarias, Salud Mental y Adicción.