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Se radicó en el Senado de Puerto Rico un proyecto de ley que busca otorgar al Tribunal de Primera Instancia el poder para intervenir en controversias relacionadas con la posesión de bienes que sean propiedad o estén a nombre de uno de los miembros de una relación matrimonial o una relación afectiva, ya sea que esta relación haya terminado o no.
El Proyecto del Senado 1177 busca enmendar el Artículo 2 de la Ley 140 de 23 de julio de 1974, conocida como Ley Sobre Controversias y Estados Provisionales de Derecho.
Esta enmienda permitiría que el Tribunal intervenga en casos en los que uno de los miembros de una relación matrimonial o afectiva se dispute la propiedad de bienes que hayan sido adquiridos durante la relación, incluyendo bienes inmuebles, vehículos, cuentas bancarias, entre otros. La enmienda también busca establecer criterios para la distribución de estos bienes en caso de controversia.
La exposición de motivos del proyecto de ley explica que la Ley 140 de 23 de julio de 1974 concedió al Tribunal de Primera Instancia el poder para intervenir en determinados asuntos para disponer de controversias menores de manera expedita.
Sin embargo, no existe un recurso expedito para aquellos casos en los que una persona que mantiene o concluye una relación matrimonial o afectiva pueda recuperar sus pertenencias o bienes de manos de su pareja con la que mantiene o mantuvo una relación.
El objetivo de la medida es conceder al Tribunal de Primera Instancia el poder para intervenir en estos casos, para evitar que los afectados tengan que recurrir a la litigación ordinaria que se considera más costosa y lenta.
Además, la exposición de motivos señala que la medida es un acto de justicia para miles de personas que se ven obligadas a abandonar súbitamente su hogar en medio de un cuadro de violencia doméstica y se ven imposibilitados de recuperar la totalidad de sus pertenencias.
La pieza legislativa radicada por el senador del Partido Popular Democrático, Javier Aponte Dalmau, fue referida a la Comisión de lo Jurídico del Senado.


