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COLUMNA – Derecho, seguros y el huracán

"Es preciso recordar que muchas casas no están aseguradas 'correctamente', o por el valor que les corresponde", escribe el Lcdo. Daniel Rivera Vargas.

Las opiniones expresadas en esta columna son responsabilidad exclusiva de los autores y no reflejan necesariamente las de Microjuris.com. Las columnas pueden enviarse a mad@corp.microjuris.com y deben tener de 600 a 800 palabras.

Por el Lcdo. Daniel Rivera Vargas

Cuando Puerto Rico fue golpeado por el huracán María en 2017, muchos ciudadanos sufrieron pérdidas de miles de dólares en sus casas.

Gran parte de estas personas afectadas fueron a Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas) a buscar ayuda, y en muchos casos FEMA les dijo que no podía ayudarles.

¿La razón? Resulta que FEMA muchas veces no ofrece ayuda si cuenta con un seguro privado. Lo que pasa es que en ese momento mucha gente no sabía que tenía un seguro.

¿Cómo es eso de que la gente tiene un seguro y no lo sabe? Resulta que, por disposición federal, las propiedades hipotecadas tienen que tener un seguro. En alguno de los 800 papeles que le dan a firmar a la gente durante «el cierre» en el banco, uno de esos papeles es la compra de un seguro para la casa, y esto se incluye dentro del pago de la hipoteca.

Por lo tanto, en ese cheque mensual que usted paga al banco para la hipoteca, hay una partida para un seguro de su residencia.

Admito que en el montón de gente que no estaba consciente que tenía un seguro estaba yo, hasta que trabajé por casi dos años en un bufete que se dedica a casos de seguros.

Así que, si usted sufrió daños por Fiona, o si lo sufre en el futuro con otro huracán o tormenta fuerte, y usted paga una hipoteca, usted puede comunicarse con su aseguradora y hacer una reclamación. ¿No sabe cuál es su seguro? Tome el teléfono y llame a su banco hipotecario. Ellos le dirán.

Ahora bien, si ya usted saldó su hipoteca, es posible que ya no esté asegurado. En ese escenario, considere asegurar su casa. Como dicen por ahí, es mejor tenerlo y no necesitarlo, que cuando te haga falta no tengas esa ayuda.

Hay numerosas opciones en el mercado. Lo ideal es que se oriente bien, quizá con un agente de seguros.  En mi experiencia con las reclamaciones a aseguradoras, las mejoras pólizas se obtienen a través de un agente de seguros.

Pero, llegó el huracán, y usted sufrió pérdidas. Entonces, ¿qué sucede?

Bueno, los procesos ante las aseguradoras están regidos por leyes como el Código de Seguros de Puerto Rico por la Ley Núm. 242-2018 que le garantizan una serie de derechos.

Entre lo que se supone que reciba de su aseguradora está que su reclamación debe ser atendida prontamente, que usted puede ir en persona, por teléfono o Internet para hacer su reclamación y que la aseguradora evaluará su caso.

Al igual que pasa con los carros, los seguros de casas tienen un deducible, y al igual que cuando hay un choque de auto, la aseguradora no le va a pagar todo porque le van a restar el deducible.

Para que tengan una idea: usualmente el deducible es un 2% del valor de la propiedad, así que si su casa es de $150,0000, su deducible debería ser $3,000. Si los daños son menores de $3,000, en teoría usted no recibirá nada de la aseguradora porque estaría dentro del deducible.

Es preciso recordar que muchas casas no están aseguradas «correctamente», o por el valor que les corresponde.

En este universo de contratos unilaterales que son los seguros, ese es un error que le costará a usted. Aunque haya sido el banco quien puso el seguro, usted muy probablemente pagará los platos rotos porque la aseguradora le puede aplicar algo llamado coaseguro, que computa la diferencia entre la cantidad asegurada y el valor real.

Y ahí la gente puede perder miles de dólares. Aquí el valor real es de la reconstrucción, no el valor de la propiedad en el mercado.

Esto quiere decir que si su casa está asegurada por poco dinero, usted paga poco de seguro dentro del pago de su hipoteca. Lo prudente, aunque le cueste un poquito, es que coteje el valor por el que está asegurada su propiedad y procure que su casa está asegurada por su valor real.

Así, si sufre pérdidas bajo un huracán, será compensado por una cantidad un poco más justa.

Completada la reclamación, es posible que reciba una cantidad de dinero con la que no se sienta satisfecho y que «no me da para nada».

En ese caso, uno de los derechos contemplados en la Carta de Derechos del Consumidor de Seguros es que puede pedir una reconsideración. Con una reconsideración, se activa otra evaluación por parte de la aseguradora. Les puedo decir que en María eso ayudó a que muchas personas recibieran dinero adicional.

En gran medida, lo que usted recupere dependerá de muchos factores, como la evidencia que tenga del cuidado que tuvo a su casa (por ejemplo, si la casa tiene sellador de techo). Así que guarde recibos de arreglos, de cotizaciones para reparaciones, y de las fotos de los daños, por si los necesita en una reclamación futura.

Agotados los remedios con las aseguradoras, hay otras opciones. Puede iniciar acciones en la Oficina del Comisionado de Seguros o puede ir directamente a un pleito judicial, a una demanda.

Tras el paso de María el Poder Judicial designó a jueces en todas las regiones para atender casos de esta naturaleza, y ha habido mucha jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre casos de seguros luego del 2017, incluyendo varios a favor de los asegurados.

Pero, aun hay camino por recorrer, y la realidad es que es bueno que usted sepa que, en esta isla en medio de un Caribe cada vez más huracanada existen opciones en derecho para protegerse de fenómenos atmosféricos futuros.

Las opiniones expresadas en esta columna son responsabilidad exclusiva de los autores y no reflejan necesariamente las de Microjuris.com. Las columnas pueden enviarse a mad@corp.microjuris.com y deben tener de 600 a 800 palabras.

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