NOTICIAS

Un vistazo a la legislación que marcó el 2023

A medida que el año llega a su fin, Puerto Rico se prepara para un nuevo capítulo, marcado por un marco legislativo. 

Nota de la editora: ¿quieres estar al día con lo que sucede en la legislatura? Te invitamos a registrarte en nuestro boletín.

Por el Lcdo. Erick Vázquez González

El final de un año siempre trae consigo reflexiones sobre los logros alcanzados y los cambios que han marcado la trayectoria de una sociedad.

En el ámbito legislativo, Puerto Rico no es la excepción. Durante los últimos meses, la Asamblea Legislativa ha sido el escenario de intensos debates y discusiones que han dado como resultado la aprobación de diversas medidas legislativas de gran interés para el archipiélago.

A continuación, presentamos un análisis detallado de las diez medidas más destacadas que han sido convertidas en ley, tras recibir la firma del gobernador, Pedro Pierluisi.

Industria Fílmica

A través de la Ley 5-2023, que surgió tras el Proyecto del Senado 552 presentado por la Administración de Pedro Pierluisi, se enmendó el Código de Incentivos para ampliar la concesión de Incentivos para ciertas industrias.

Con las enmiendas, la industria fílmica podría recibir hasta $100 millones anuales, previo a la Ley el máximo era de $38 millones. Las enmiendas facultaron además para que el Secretario del Departamento de Desarrollo Económico sea quien distribuya dichos créditos contributivos de manera equitativa entre todos los proyectos fílmicos.

24 creditos x 280 1080 x 1080 px 728 x 90

La pieza legislativa también incluye la concesión de incentivos para cualquier negocio dedicado a la instalación, operación, ensamblaje, mantenimiento o venta de energía a escala comercial.

Incentivos para los médicos 

A través de Ley 106-2023 nació a través del Proyecto del Senado 972 de la autoría del Senador Juan Zaragoza y establece un Procedimiento Expedito para que los Médicos Jóvenes Empresarios debidamente admitidos a la práctica de la medicina, la pediatría, sea un cirujano dentista o que practiquen alguna especialidad de la odontología y que sometan una solicitud de concesión de incentivos, obtengan su decreto de exención en un término de 45 días.

Con la ley, se pretende enfrentar la escasez de médicos que ha tenido Puerto Rico en las última década.

Violencia de género

El alza en los casos de violencia de género ha trascendido a los pasillos del Capitolio, durante este año se han realizado varias enmiendas a la Ley de Violencia Doméstica con el propósito de atender este problema que nos afecta a todos en Puerto Rico. Entre las enmiendas a dicha Ley, destacamos:

Ley 39-2023: Esta Ley surge tras la presentación del Proyecto del Senado 731 de la Senadora Marially González Huertas. A través de la Ley se establece la imprescriptibilidad del delito de agresión sexual conyugal, cuando la víctima sea menor de 18 años y el imputado o imputada mayor de 18 años al momento de la Comisión del delito.

Ley 74-2023: Esta Ley es de la autoría de las Senadoras María de Lourdes Santiago Negrón, Migdalia González Arroyo y Ana Irma Rivera Lassén. La medida reconoce la violencia económica como una modalidad de violencia doméstica. A esos efectos, define la violencia económica como «aquella conducta ejercida con el fin de menoscabar la capacidad financiera presente o futura, la estabilidad económica o la seguridad habitacional y de vivienda a través de amenazas, coerción, fraude, restricción o privación de acceso o uso de cuentas, activos, información financiera, tarjetas de identificación o crédito, dinero o asistencias gubernamentales; ocultación de información relacionada al pago de renta o hipotecas, o de desalojos forzosos; ejercicio de influencia indebida en las decisiones o comportamiento o las decisiones financieras y económicas de una persona, o interferencia en la relación o desempeño laboral de una persona o en su negocio propio. Incluye también el usar indebidamente los recursos económicos de la persona, incluido el dinero, los activos y el crédito para beneficio propio, y el impedir el acceso a cursos formales de estudios perjudicar el desempeño académico de la víctima».

La Ley estableció además que las órdenes de protección que emite un Tribunal pueden incluir el que se ordene que continúen los pagos de los cánones de arrendamiento o hipoteca de la residencia principal durante la vigencia de la orden. La medida cuando fue considerada en la Cámara, fue aprobada de manera unánime, en el Senado obtuvo seis votos en contra.

Ley 95-2023: A través de esta Ley que surge del Proyecto de la Cámara 713 del Representante Jesús Manuel Ortiz, se establece que en todos los casos penales que surjan al amparo de la Ley de Violencia Doméstica y siempre que se encuentre causa en la vista de determinación de causa para arresto (la llamada Regla 6), se deberá expedir automáticamente una orden de protección cuya vigencia no será menor de 1 año y que podrá ser extendida a discreción del tribunal y con la anuencia de la víctima. Esta expedición automática es siempre y cuando la persona imputada sea reincidente por violaciones a cualquiera de los delitos de la Ley 54. En los casos en que se trate de una primera ofensa, entonces el Tribunal expedirá la orden a favor de la víctima por un periodo de vigencia no menor de 6 meses.

Ley 89-2023: Mediante esta Ley conocida como la Ley para Crear el Programa de Vigilancia, Protección y Prevención de violencia doméstica, presentada a través del Proyecto de la Cámara 731, se establece que en todos los casos donde se expida una orden de protección, se le deberá proveer a la víctima una aplicación de detección electrónica del agresor que opere a través del Sistema de Posicionamiento Global conocido por sus siglas en inglés como GPS, o cualquier otra tecnología que cumpla con estos fines, para ser usada en teléfonos, relojes inteligentes, o cualquier otro aparato tecnológico similar, dentro de la distancia dispuesta por la orden del tribunal.

Nuestro buscador cuenta con un repositorio completo y actualizado día a día, tanto de jurisprudencia, así como de leyes y reglamentos a nivel de Puerto Rico y de la esfera federal y de los estados. Accede aquí 

Ley de Armas

La Asamblea Legislativa tuvo un primer intento de hacer enmiendas significativas a la Ley de Armas a través del Proyecto Sustitutivo a los PC 575 y 362 no obstante, tras la medida ser enviada a la Fortaleza, fue devuelta a la Legislatura para la reconsideración de la Cámara de Representantes y al cierre de la 6ta Sesión Ordinaria el proyecto no pudo regresar a la Fortaleza. Se espera que al comienzo de la 7ma Sesión Ordinaria sí tenga su curso legislativo.

No obstante, sí se convirtió en Ley una medida de la autoría del Senador Carmelo Ríos, que es la Ley 100-2023. Esta Ley, aclara que la excepción de una licencia de armas para agentes de la Policía de Puerto Rico de 18 años o más, aplica también a los miembros de la Policía Municipal.

La Ley expresa que ha existido un problema en la implementación de la Ley 65-2021, ya que dicho estatuto autoriza a los miembros de la Policía Estatal de 18 años o más a poseer una licencia de armas, pero no incluye a los miembros de la Policía Municipal a portar una licencia, a pesar de que también pueden entrar a la Academia antes de los 21 años.

Con la legislación se brindan mayores oportunidades para que los municipios tengan jóvenes que se integren a sus filas como policías municipales debidamente armados. Es importante destacar que esta Ley tendrá efectividad a partir del 4 de febrero de 2024.

Código Militar en Puerto Rico

Tras cincuenta (50) años del entonces Código Militar que existía en Puerto Rico, la Legislatura aprobó el Proyecto de la Cámara 452 que se convirtió en la Ley 88-2023.

Con esta Ley, se crea un nuevo Código Militar que responde a las necesidades actuales agrupando las denominadas Fuerzas Militares de Puerto Rico, las cuales están compuestas por la Guardia Nacional de Puerto Rico, tanto en su componente terrestre como aéreo, y el Comando Estatal de la Guardia Nacional de Puerto Rico, Puerto Rico State Guard.

Este nuevo Código integra el concepto de Fuerza Conjunta Joint Forces cónsona con la estructura actual utilizada a través de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos. El Código Militar de Puerto Rico del siglo XXI contempla además cambios en los requisitos de elegibilidad para comandar dicha organización.

En esencia, el Código Militar de Puerto Rico del siglo XXI tiene el propósito de equiparar a la Guardia Nacional de Puerto Rico con las demás jurisdicciones de los estados y territorios que componen Estados Unidos.

Crean Ley de Fe en Emergencia

A través del Proyecto de la Cámara 984 convertido en la Ley 61-2023 se creó la Ley de Fe en Emergencias a los efectos de que las Organizaciones de Base de Fe tengan acceso en los centros de operaciones de emergencias municipales y en el estatal, cuando se declare una situación de emergencia o desastre natural.

La Ley facilita que las Organizaciones de Base de Fe se integren en los Centros de Operaciones de Emergencia en aras de brindar asistencia al Gobierno en los momentos de emergencia.

Política Pública a favor de los cuidadores

A través del Proyecto de la Cámara 1108 de la autoría del Representante José B. Márquez Reyes y convertido en la Ley 82-2023 se creó la «Ley sobre la Política Pública del Cuidado Informal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico».

Con esta Ley, se reconoce y define el cuidado informal y el rol del cuidador en nuestra sociedad estableciendo una carta de derechos para estos. Entre estos, el derecho a recibir capacitación, adiestramiento y educación en temas relacionados a servicios de cuidado salubre. Del mismo modo, se crea un Registro de Cuidadores Informales adscrito al Departamento de la Familia.

Estas medidas representan un paso significativo hacia el progreso y la transformación en Puerto Rico. A medida que el año llega a su fin, Puerto Rico se prepara para un nuevo capítulo, marcado por un marco legislativo.

Si desea mayor información sobre asuntos legislativos mantente conectado a Microjuris.com, donde actualizamos constantemente los temas relacionados a la Asamblea Legislativa.

¡Hasta la próxima!