La Cámara de Representantes y el Senado lograron un acuerdo para aprobar el Proyecto del Senado 1626, que autoriza a la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda (AFV) a transferir viviendas reposeídas a los municipios para proveer espacios seguros a los ciudadanos que perdieron sus hogares por los terremotos en el suroeste de Puerto Rico.
El acuerdo se logró antes del cierre de la sesión legislativa y consta en el Informe de Conferencia que propone la aprobación de la medida en la Cámara de Representantes y el Senado.
La medida expone que la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico mantiene un inventario limitado de viviendas reposeídas que se pueden donar a los municipios que lo interesen y hacerlas disponibles a familias que hayan perdido su residencia o que la vivienda haya quedado inhabitable a causa de los terremotos sufridos.
El proyecto enmienda la Ley 103 de 2001 para permitir la donación de bienes inmuebles reposeídos a los municipios y les faculta para que identifiquen y hagan accesibles las unidades mediante donación, cesión o usufructo.
La Ley de Municipios Autónomos de Puerto Rico les faculta a transmitir mediante donación u otros medios —y tras la aprobación de las correspondientes ordenanzas municipales— bienes inmuebles a las personas que califiquen bajo los parámetros dispuestos en la medida.
Las personas o familias que perdieron sus hogares o que sus hogares no son habitables por los terremotos en los municipios afectados —que incluyen Ponce, Utuado, Yauco, Guánica, Guayanilla y Peñuelas— son elegibles para los beneficios dispuestos en esta medida.
Las unidades que se recibirán podrán estar ubicadas en cualquiera de los municipios de Puerto Rico.
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