El Tribunal Supremo de Puerto Rico (TSPR) declaró «no ha lugar» a la petición del Overseas Press Club de Puerto Rico para que se publicara el audio de las vistas en que Andrea Ruiz Costas solicitaba una orden de protección antes de aparecer calcinada.
El Tribunal determinó que el procedimiento que se usó para la solicitud no es el adecuado para obtener la información, aunque reconoció el interés de las y los periodistas.
«La solicitud de información sin que el imputado (de la muerte de Ruiz Costas) sea parte podría incidir sobre su derecho a un proceso imparcial y justo. Ese caso no está ante nosotros y, por eso, el procedimiento utilizado no es el adecuado para obtener la información que se solicita«, señalaron.
La jueza presidenta, Maite Oronoz Rodríguez, y los jueces asociados Luis Estrella Martínez y Ángel Colón Pérez emitieron votos particulares disidentes por separado.
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