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El Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito en Boston confirmó las condenas de cárcel impuestas a Ángel Ayala Vázquez, conocido como «El Buster» o «Ángelo Millones».
Las autoridades lo describen como el «kingpin» o líder principal de una operación de narcotráfico que operaba principalmente desde Bayamón, controlando numerosos puntos de venta de droga y traficando cocaína y otras sustancias controladas hacia partes de Estados Unidos y la República Dominicana.
En una opinión de 29 páginas redactada por los jueces de apelación David Barron, Kayatta y Montecalvo, no se concedió lugar a los argumentos presentados por el acusado para reducir sus sentencias. Dichas sentencias fueron emitidas tras un juicio ante jurado e incluían alegaciones de que existían factores mitigantes debido a «razones extraordinarias».
«Ayala argumentó que «circunstancias extraordinarias y convincentes» que ameritan la reducción de sus sentencias son que es un hombre de 45 años de edad que tiene obesidad e hipertensión y estaba especialmente vulnerable al Covid-19 mientras estuvo preso», expresaron los jueces apelativos.
Además, el acusado alega que durante su proceso judicial se promulgaron leyes congresionales que afectaron la manera en que se calculaba la sentencia, como el Fair Sentencing Act, y que estas deben ser consideradas para reducir la pena.
El juez Francisco Besosa sentenció a Ayala Vázquez a cadena perpetua en prisión, seguida de cinco años de libertad supervisada. Según la opinión, el convicto argumentaba que la sentencia adecuada debería variar entre un máximo de 40 años y un mínimo de 10.
En su evaluación, los jueces apelativos entienden que se aplicaron adecuadamente los cómputos de sentencia al amparo del «Fair Sentencing Act» y que el acusado, entre otras razones, falló en cumplir con un peso de prueba que los lleve a pensar de otra manera.
En cuanto a los factores mitigantes como la obesidad y la hipertensión, amparados por el estatuto de libertad por compasión («compassionate-release statute»), el tribunal de apelaciones señala que el juez Besosa rechazó la solicitud en su momento.
Esto se debió a que las circunstancias médicas planteadas por el acusado no cumplían con los criterios establecidos por esa ley federal. Estos criterios incluyen una condición de naturaleza terminal o que garantice la muerte, un grave impedimento funcional o una condición médica que requiera cuidados especializados.
El juez Besosa también dijo que la operación de narcotráfico que dirigía Ayala Vázquez «es suficiente para quitarle a uno el aliento» y con un «costo humano» que es «desconocido», y que el acusado representa «un peligro» para la comunidad.
La decisión de Boston confirmó el análisis del juez Besosa sobre el riesgo que representa Ayala Vázquez para otras personas y la comunidad.
Además, descartó la necesidad de revocar la sentencia de Besosa debido a su consideración de la obesidad, la hipertensión del acusado y su riesgo, junto con la amenaza del COVID-19.
Se resaltó que existen protocolos carcelarios establecidos para el manejo de esta enfermedad, y que el juez también consideró otros factores mitigantes, como la edad de Ayala Vázquez.
Esta opinión de Boston es la más reciente de varias emitidas a lo largo de los años sobre el caso de Ayala.
Las decisiones judiciales detallan gran parte de las operaciones multimillonarias de tráfico de drogas, utilizando aviones comerciales y veleros para traficar a través de los mares, durante una operación de narcotráfico que comenzó a finales del siglo pasado y se extendió hasta su arresto en 2011.


