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¿Cuáles fueron los cambios que enfrentó la nueva Reforma Laboral desde su radicación?

Comparamos el Proyecto de la Cámara 3 y el Proyecto de la Cámara 1244, y estos fueron los cambios que se realizaron.

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Aunque el gobernador Pedro Pierluisi Urrutia convirtió en ley el Proyecto de la Cámara 1244, ahora Ley 41-2022, esta no fue la pieza legislativa que inicialmente se presentó para enmendar el ordenamiento laboral en el sector privado.

DOCUMENTO | Reforma Laboral firmada por el gobernador

La medida original, que también buscaba ampliar los derechos a los trabajadores, era el Proyecto de la Cámara 3. Sin embargo, el primer mandatario vetó el proyecto tras indicar que la medida tenía errores de redacción e incluía áreas conflictivas en detrimento de los derechos de los trabajadores.

Por tanto, en Microjuris repasamos ambos proyectos de ley para destacar cuáles fueron los cambios en las disposiciones. A continuación, te compartimos el análisis sobre la Ley 41-2022, que firmó el gobernador, y el PC 3.

Paga extraordinaria

En el Proyecto de la Cámara 3 se establecía:

  1. Las horas extras en exceso de 10 horas se pagarán a tiempo doble en acuerdos de flexitime. Sin el acuerdo de flexitime, la paga de horas extras a tiempo y medio en exceso de 8 horas.
  2. En el caso de días de descanso, paga a tiempo y medio el día de descanso. Si es estudiante, paga doble.

En la Ley 41-2022  se establece:

  1. En jornada regular, en exceso de 8 horas, paga a tiempo y medio. Si es flexitime, paga a tiempo y medio en exceso de 10 horas, o 12 si está reponiendo horas.
  2. Por día de descanso, paga a tiempo y medio. Si es estudiante, paga doble (excepto PyMES).

Licencia por vacaciones y enfermedad

 En el Proyecto de la Cámara 3 se establecía:

  1. 20 horas o más, pero menos de 115 sería 1/2 día por mes por cada licencia. Si son 115 horas o más, sería 1 1/4 de día por mes por cada licencia. En el caso de patronos de 15 empleados(as) o menos, sería 1/2 día por mes de vacaciones y 1 día por mes de enfermedad.
  2. A solicitud escrita del empleado o empleada, el patrono podrá permitir la liquidación parcial o total de la licencia por vacaciones acumuladas.
  3. Prescripción de reclamación de salarios por 3 años.

En la Ley 41-2022 se establece:

  1. 20 horas o más, pero menos de 115 sería 1/2 día por mes por cada licencia. Si son 115 horas o más, sería 1 1/4 de día por mes por vacaciones y 1 día por mes por enfermedad. Para patronos de 12 empleados(as) o menos, sería 1/4 de día por mes de vacaciones y 1/2 día por mes de enfermedad (part-time). En caso de «full time», sería 1/2 de día por mes de vacaciones y 1 día por mes de enfermedad.
  2. A solicitud escrita del empleado o empleada, el patrono podrá permitir la liquidación parcial o total de la licencia por vacaciones acumuladas.
  3. Prescripción de reclamación de salarios por 3 años

Bono de Navidad

 En el Proyecto de la Cámara 3 se establecía:

  1. Al acumular 700 horas, sería el 6% del salario hasta $10,000. En el caso de patronos de 15 empleados(as) o menos, al acumular 700 horas sería el 3% del salario hasta $10,000. Para los PyMES, al acumular 900 horas.
  2. Contradicción con el lenguaje de patronos con 15 empleados(as) o menos vis a vis excepción creada bajo Ley de PyMES. No dice qué % a pagar.

En la Ley 41-2022 se establece:

  1. Al acumular 700 horas, sería el 6% del salario hasta $10,000. Para patronos de 15 empleados(as) o menos, al acumular 700 horas sería el 3% del sueldo hasta $10,000.
  2. Con relación a las personas contratadas a partir de la Ley 4-2017: 20 empleados(as) o más, al acumular 700 horas, sería el 6% del sueldo hasta $600. 20 empleados(as) o menos, al acumular 700 horas, sería el 3% del sueldo hasta $300.                                  

Para los PyMES, sería 900 hrs.

  1.  Contradicción con el lenguaje de patronos con 15 empleados(as) o menos vis a vis excepción creada bajo Ley de PyMES. No dice qué % a pagar.

Periodo probatorio

 Ambos proyectos establecen:

  1. 3 meses extendible a 6 meses mediante notificación escrita al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos.

Despido injustificado

Ambos proyectos establecen:

  1. Prescripción de reclamación por despido por 3 años.
  2. Presunción de despido fue sin justa causa.
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