El Gobernador Pedro R. Pierluisi ya tiene ante su consideración legislación aprobada para elevar a rango de ley la Carta de Derechos al Consumidor que actualmente existe como una pronunciación interna del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO).
El Proyecto de la Cámara 583, de la autoría de la representante Estrella Martínez Soto, también propone añadir en el estatuto el derecho a no discriminación y el derecho a ser protegido en los medios electrónicos con el fin de atemperarlo a las nuevas realidades sociales y económicas.
Tanto DACO, como la Oficina de Independiente de Protección al Consumidor (OIPC), endosaron la medida que cuenta, además, con una decena de coautores.
La legislación propuesta persigue beneficiar al consumidor, proveyéndole herramientas que estén dirigidas a orientar y educar sobre sus derechos. La medida reconoce los derechos tradicionales del consumidor, tales como:
- Derecho a Elegir Libremente
- Derecho a la Información
- Derecho a la Compensación
- Derecho a la Educación
- Derecho a la Seguridad e Integridad Física
- Derecho a la Representatividad y Libre Expresión
- Derecho a la Agrupación
- Derecho a los Servicios Públicos
- Derecho a la Promoción Verídica y sin ser Coaccionado
Descarga la Carta de Derechos del Consumidor según aprobada: Proyecto de la Cámara 583
Los informes legislativos plantean que la medida es necesaria para atemperar estos derechos a la cotidianidad del ciudadano común y actualizar con las necesidades de las y los puertorriqueños al incluir el Derecho a ser Protegido en los Medios Electrónicos y el Derecho a no ser Discriminado.
De igual forma, se asegura que la nueva ley pretende esclarecer, ampliar y establecer los derechos de los consumidores, haciendo que los mismos sean reconocidos por todas las partes con competencia para atender los asuntos de los consumidores. Para esto, se brinda al secretario del DACO la facultad de referir cualquier violación de estos derechos, a los organismos, agencias o departamentos correspondientes según establecido en esta Ley.